Madrid (BOCM-20240627-80)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Modificación presupuestaria
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 152

JUEVES 27 DE JUNIO DE 2024

Pág. 241

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Pleno del Ayuntamiento
Acuerdo del Pleno, de 25 de junio de 2024, por el que se aprueba un crédito extraordinario por importe de 1.202.309,53 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid
(Área Delegada de Turismo y Distrito de Usera).
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (8/2024), ordinaria celebrada el día 25 de junio de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
“Aprobar la concesión de un crédito extraordinario por importe de 1.202.309,53 euros
en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2024 (Área Delegada de Turismo y
Distrito de Usera), con el detalle de las aplicaciones presupuestarias que corresponden a
este crédito extraordinario, que se recogen en las dotaciones del anexo.
La citada modificación se financia con el remanente de Tesorería para gastos con financiación afectada resultante de la liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de
Madrid del ejercicio 2023”.
ANEXO
CENTRO

SECCIÓN

PROGRAMA

ECONÓMICO

DENOMINACIÓN

IMPORTE

001

132

432.77

632.00

EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES (REFORMA)

1.000.000,00

001

212

432.77

227.06

ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS

202.309,53

TOTAL CRÉDITO EXTRAORDINARIO

1.202.309,53

RESUMEN POR CAPÍTULOS
CAPÍTULO

GASTOS
ALTAS

BAJAS

INGRESOS
TOTAL

MAYOR

MENOR

TOTAL

Capítulo 1
Capítulo 2

0.202.309,53

0.202.309,53

1.000.000,00

1.000.000,00

Capítulo 3
Capítulo 4
Capítulo 6
Capítulo 7
Capítulo 8

1.202.309,53

1.202.309,53

1.202.309,53

1.202.309,53

TOTAL

1.202.309,53

1.202.309,53

Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente
acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los
interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en
derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 25 de junio de 2024.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
(03/10.305/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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Capítulo 9