Coslada (BOCM-20240627-95)
Régimen económico. Padrón fiscal
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 298
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 152
BOCM-20240627-95
noviembre de 2024, ambos inclusive, en cualquier sucursal de CaixaBank, utilizando los impresos que podrán retirar en el Departamento de Recaudación Voluntaria.
Finalizado este último plazo, las deudas serán exigidas por el procedimiento de
apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los
intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. Es decir, el recargo
de apremio reducido será del 10 % y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la
deuda apremiada antes de la finalización del plazo previsto en el punto 5, del artículo 62, de la LGT. El recargo de apremio será del 20 % cuando la deuda se satisfaga
fuera de los plazos mencionados y serán de aplicación en este caso intereses de demora. Todo ello, más las costas que en su caso correspondan.
Lo que se hace saber para general conocimiento.
Coslada, a 14 de junio de 2024.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(01/9.668/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 298
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 152
BOCM-20240627-95
noviembre de 2024, ambos inclusive, en cualquier sucursal de CaixaBank, utilizando los impresos que podrán retirar en el Departamento de Recaudación Voluntaria.
Finalizado este último plazo, las deudas serán exigidas por el procedimiento de
apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los
intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. Es decir, el recargo
de apremio reducido será del 10 % y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la
deuda apremiada antes de la finalización del plazo previsto en el punto 5, del artículo 62, de la LGT. El recargo de apremio será del 20 % cuando la deuda se satisfaga
fuera de los plazos mencionados y serán de aplicación en este caso intereses de demora. Todo ello, más las costas que en su caso correspondan.
Lo que se hace saber para general conocimiento.
Coslada, a 14 de junio de 2024.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(01/9.668/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791