B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240627-12)
Puesto libre designación –  Orden de 21 de junio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca el puesto de Director del Centro Integrado de Formación Profesional en Transporte y Logística de la Comunidad de Madrid “Profesor Raúl Vázquez”, para su provisión por el sistema de Libre Designación
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 152

— Real Decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos
básicos de los centros integrados de formación profesional.
— Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
— Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
— Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre).
— Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir las convocatorias para la provisión de
puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril).
— Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
— Decreto 32/2007, de 14 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el
Centro Integrado de Formación Profesional en Transporte y Logística “Profesor
Raúl Vázquez”.
— Las demás disposiciones de carácter general que sean de aplicación, especialmente la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como lo dispuesto en la presente convocatoria.
Tercero
Para poder participar en la presente convocatoria los candidatos deberán poseer los siguientes requisitos:
— Ser funcionarios de carrera, pertenecientes a alguno de los siguientes cuerpos docentes: cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, cuerpo de Profesores de
Enseñanza Secundaria, cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares/
cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional a extinguir.
— Presentar un Proyecto de Dirección, que deberá incluir como mínimo los siguientes aspectos:
1. Diagnóstico de situación del centro.
2. Análisis de las características más relevantes del centro.
3. Ejes estratégicos, objetivos, líneas de actuación y acciones que se proyecten
en coherencia con lo dispuesto en el Libro Blanco de la Formación Profesional de la Comunidad de Madrid.
— Dado que el puesto objeto de la presente convocatoria tiene contacto habitual con
menores, deberá acreditarse por el participante no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a
lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley
de Enjuiciamiento Civil.
Los interesados deberán aportar, junto con la solicitud, autorización firmada para que la
Administración de la Comunidad de Madrid realice los trámites necesarios conducentes a la obtención de la certificación acreditativa de la inexistencia de antecedentes en
el Registro Central de Delincuentes Sexuales a que hace referencia dicho artículo, de
acuerdo con el modelo disponible al efecto en el portal www.comunidad.madrid
La no aportación de dicha autorización supondrá la exclusión del interesado en relación con el referido puesto, salvo que adjunte a su solicitud certificación negativa emitida por el citado Registro en el plazo de presentación de instancias.
— Los aspirantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar,
además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales
referidos al Estado español, la certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de

BOCM-20240627-12

Requisitos y condiciones de participación