Alcobendas (BOCM-20240626-52)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 151
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE JUNIO DE 2024
Pág. 527
BOCM-20240626-52
Proyectos que persigan como fin primordial facilitar y fomentar la participación, promuevan el asociacionismo y la participación de la población migrante en los diferentes ámbitos de la vida ciudadana.
Proyectos que persigan la relación y el intercambio de conocimientos y cultura, entre
la población migrante y la autóctona.
Actividades que tengan como finalidad sensibilizar y formar contra la xenofobia y la
discriminación social.
Tercero. Bases Reguladoras.—Ordenanza Municipal Reguladora de las Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Alcobendas, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 43 de fecha 20 de febrero de 2009.
Cuarto. Cuantía.—El importe total máximo destinado a estas subvenciones es de 45.700
euros, de los cuales se repartirán según el ámbito, asignándose a cada uno las siguientes
cantidades:
— Ámbito Mujer: 28.500 euros.
— Ámbito LGTBI: 6.000 euros.
— Ámbito Inmigración: 11.200 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Quince días naturales a partir del siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
En Alcobendas, a 18 de junio de 2024.—La concejala-delegada de Familia y Bienestar Social, M.a Concepción Villalón Blesa.
(03/9.804/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 151
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE JUNIO DE 2024
Pág. 527
BOCM-20240626-52
Proyectos que persigan como fin primordial facilitar y fomentar la participación, promuevan el asociacionismo y la participación de la población migrante en los diferentes ámbitos de la vida ciudadana.
Proyectos que persigan la relación y el intercambio de conocimientos y cultura, entre
la población migrante y la autóctona.
Actividades que tengan como finalidad sensibilizar y formar contra la xenofobia y la
discriminación social.
Tercero. Bases Reguladoras.—Ordenanza Municipal Reguladora de las Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Alcobendas, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 43 de fecha 20 de febrero de 2009.
Cuarto. Cuantía.—El importe total máximo destinado a estas subvenciones es de 45.700
euros, de los cuales se repartirán según el ámbito, asignándose a cada uno las siguientes
cantidades:
— Ámbito Mujer: 28.500 euros.
— Ámbito LGTBI: 6.000 euros.
— Ámbito Inmigración: 11.200 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Quince días naturales a partir del siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
En Alcobendas, a 18 de junio de 2024.—La concejala-delegada de Familia y Bienestar Social, M.a Concepción Villalón Blesa.
(03/9.804/24)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791