B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20240626-6)
Reconocimiento niveles – Resolución de 7 de junio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del SERMAS, por la que se procede al reconocimiento y denegación de los niveles I, II, III y IV de carrera profesional, evaluados en el procedimiento ordinario del año 2023, relativos al personal estatutario de Formación Profesional del área sanitaria y personal de Gestión y Servicios
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BOCM
Pág. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 151
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
6
RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del SERMAS, por la que se procede al reconocimiento y denegación de los niveles I, II, III y IV de carrera profesional, evaluados en el
procedimiento ordinario del año 2023, relativos al personal estatutario de Formación Profesional del área sanitaria y personal de Gestión y Servicios.
Finalizada la evaluación de las solicitudes de carrera profesional correspondientes al
procedimiento ordinario del año 2023 y elevadas las propuestas definitivas a esta Dirección
General por parte de los Comités de Área, de conformidad con lo previsto en el apartado 11 del
modelo de carrera profesional para el personal de Formación Profesional del área sanitaria
y personal de Gestión y Servicios, de régimen estatutario del Servicio Madrileño de Salud
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de agosto de 2018).
Esta Dirección General en uso de las atribuciones conferidas en el citado apartado 11 del
modelo de carrera para el personal de Formación Profesional del área sanitaria y personal
de Gestión y Servicios, así como de las conferidas por el Decreto 246/2023, de 4 de octubre, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud,
RESUELVE
Primero
Reconocer los Niveles I, II, III o IV de carrera profesional al personal estatutario de
Formación Profesional del área sanitaria y personal de Gestión y Servicios que se detalla
en el anexo A de la presente Resolución, en la categoría y/o especialidad y con los efectos
administrativos que en el mismo se establece. Estos reconocimientos quedan supeditados a
las posibles modificaciones que se deriven de las ejecuciones de sentencias firmes.
Segundo
Los efectos económicos para el personal que preste servicios en Instituciones Sanitarias del SERMAS son del 1 de enero de 2024.
Tercero
Denegar los Niveles I, II, III o IV de carrera profesional al personal estatutario de Formación Profesional del área sanitaria y personal de Gestión y Servicios que se relaciona en
el Anexo B de la presente Resolución, por las causas que se detallan.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados
podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Sanidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo dispuesto en los
artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime
procedente interponer para mejor defensa de sus intereses; a través del siguiente enlace:
https://tramita.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurso-alzada-sanidad
Madrid, a 7 de junio de 2024.—El Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Miguel Ángel Rodríguez Roiloa.
BOCM-20240626-6
Cuarto
Pág. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 151
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
6
RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del SERMAS, por la que se procede al reconocimiento y denegación de los niveles I, II, III y IV de carrera profesional, evaluados en el
procedimiento ordinario del año 2023, relativos al personal estatutario de Formación Profesional del área sanitaria y personal de Gestión y Servicios.
Finalizada la evaluación de las solicitudes de carrera profesional correspondientes al
procedimiento ordinario del año 2023 y elevadas las propuestas definitivas a esta Dirección
General por parte de los Comités de Área, de conformidad con lo previsto en el apartado 11 del
modelo de carrera profesional para el personal de Formación Profesional del área sanitaria
y personal de Gestión y Servicios, de régimen estatutario del Servicio Madrileño de Salud
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de agosto de 2018).
Esta Dirección General en uso de las atribuciones conferidas en el citado apartado 11 del
modelo de carrera para el personal de Formación Profesional del área sanitaria y personal
de Gestión y Servicios, así como de las conferidas por el Decreto 246/2023, de 4 de octubre, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud,
RESUELVE
Primero
Reconocer los Niveles I, II, III o IV de carrera profesional al personal estatutario de
Formación Profesional del área sanitaria y personal de Gestión y Servicios que se detalla
en el anexo A de la presente Resolución, en la categoría y/o especialidad y con los efectos
administrativos que en el mismo se establece. Estos reconocimientos quedan supeditados a
las posibles modificaciones que se deriven de las ejecuciones de sentencias firmes.
Segundo
Los efectos económicos para el personal que preste servicios en Instituciones Sanitarias del SERMAS son del 1 de enero de 2024.
Tercero
Denegar los Niveles I, II, III o IV de carrera profesional al personal estatutario de Formación Profesional del área sanitaria y personal de Gestión y Servicios que se relaciona en
el Anexo B de la presente Resolución, por las causas que se detallan.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados
podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Sanidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo dispuesto en los
artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime
procedente interponer para mejor defensa de sus intereses; a través del siguiente enlace:
https://tramita.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurso-alzada-sanidad
Madrid, a 7 de junio de 2024.—El Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Miguel Ángel Rodríguez Roiloa.
BOCM-20240626-6
Cuarto