Villanueva del Pardillo (BOCM-20240626-75)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 151

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE JUNIO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
75

VILLANUEVA DEL PARDILLO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo ha dictado resolución 2024/914, el día 7 de junio de 2024, del siguiente literal:
“Resolución de Alcaldía:
D. Eduardo Fernández Navarro, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villanueva del
Pardillo.

En el área de Contratación:
— La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.
— La preparación de todos los expedientes de contratación de obras, servicios y suministros, y concesiones, adquisiciones y enajenaciones de bienes y derechos.
— La preparación, tramitación y adjudicación de la contratación menor.
— La formalización y firma de los documentos contractuales consecuencia de las adjudicaciones en materia de ejecución de obras, prestación de servicios y realización de suministros, cualquiera que sea el órgano de contratación.
— La recepción de suministros y firma de las correspondientes actas de recepción.
En el área de Comunicación y Protocolo y Relaciones Institucionales:
— La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.
— La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.
En el área de Participación Ciudadana:
— La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.
— La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.
— Conceder cualesquiera autorizaciones correspondientes al área.
— La dirección e impulso del registro público de asociaciones municipales.
— La incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas
económicas correspondientes al área.

BOCM-20240626-75

Atendiendo a las necesidades de la organización municipal y de la gestión de los asuntos de competencia municipal.
Y de conformidad con lo establecido en los artículos 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y 43 a 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado
por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por resolución de fecha 06 junio 2024 he
procedido a dejar sin efecto las delegaciones en Concejales de las competencias que me son
atribuidas por disposición de la vigente legislación, y que les fueron conferidas en virtud de
sendas Resoluciones de Alcaldía de fecha 23 junio 2023, 06 julio 2023, 29 Agosto 2023, 22
marzo 2024, 01 abril 2024, 10 abril 2024 y 12 abril 2024. Habiéndose detectado error en
los ordinales de los párrafos, se procede a su subsanación, y a complementar las delegaciones a dos Concejales delegados. En por ello que la Resolución queda como sigue:
Primero.—Dejar sin efecto las delegaciones en Concejales de las competencias que
me son atribuidas por disposición de la vigente legislación, y que les fueron conferidas en
virtud de sendas Resoluciones de Alcaldía de fecha 23 junio 2023, 06 julio 2023, 29 Agosto 2023, 22 marzo 2024, 01 abril 2024, 10 abril 2024 y 12 abril 2024.
Segundo.—Designar a dña. Sonia Cirvian Sánchez Concejala-delegada en las áreas de
Contratacion, Comunicación y Protocolo y Relaciones Institucionales, Participación Ciudadana y Bienestar Animal, y delegar en ella el ejercicio de las siguientes competencias que
me son atribuidas por disposición de la vigente legislación, incluyendo la facultad de dictar actos administrativos que surtan efectos frente a terceros: