San Fernando de Henares (BOCM-20240625-67)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 150

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67

SAN FERNANDO DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto de las bases de 12 de junio de 2024, de la Junta de Gobierno Local, por la que
se convocan las subvenciones a clubes y entidades deportivas de San Fernando de Henares
que colaboran con el Área de Deportes en la promoción deportiva para el año 2024.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ), así como en la página del Ayuntamiento de San Fernando de Henares:

Primero. Beneficiarios.—Tendrá la consideración de entidad o persona beneficiaria
de subvenciones, la entidad o persona que haya de realizar la actividad que fundamentó su
otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión.
Los requisitos que deberán cumplir las beneficiarias son los siguientes:
a) Podrán solicitar subvenciones las entidades deportivas de San Fernando de Henares que figuren inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, con al menos dos años
de antigüedad con carácter general, desde la fecha de aprobación de las bases de
la convocatoria por la Junta de Gobierno Local.
b) Tener su sede o domicilio social y realizar sus actividades en el ámbito territorial
del municipio de San Fernando de Henares.
c) Participar en competiciones deportivas de modalidades oficialmente reconocidas
por alguna federación deportiva madrileña o española. O, en su defecto, justificar
la colaboración con el Área de Deportes del Ayuntamiento de San Fernando de
Henares por el objeto de la subvención, a través del convenio de colaboración con
la propia Área de Deportes.
d) Serán objeto de subvención las categorías incluidas en la “Orden 1397/2023, de 18 de
agosto, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan
las Competiciones del Deporte Infantil de la Comunidad de Madrid, Serie Básica,
para la temporada 2023-24”, en su artículo quinto “Categoría de los deportistas”,
que describe “La denominación de las categorías para la temporada 2023/2024,
serán las que a continuación se relacionan y estarán configuradas por los años de
nacimiento que más abajo se detallan:
— Pre-deporte: años de nacimiento: 2018, 2019 y 2020.
— Pre-Benjamín: años de nacimiento: 2016 y 2017.
— Benjamín: años de nacimiento: 2014 y 2015.
— Alevín: años de nacimiento: 2012 y 2013.
— Infantil: años de nacimiento: 2010 y 2011.
— Cadete: años de nacimiento: 2008 y 2009.
— Juvenil: años de nacimiento: 2006 y 2007”.
e) La actividad objeto de la subvención deberá tener una duración mínima de tres
meses de manera continuada durante la temporada objeto 2023/2024.
f) No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 3 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en especial, no tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de San Fernando de Henares.
g) No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa
en materia deportiva.
h) Haber justificado debidamente las subvenciones percibidas con anterioridad del
Ayuntamiento de San Fernando de Henares.

BOCM-20240625-67

BDNS: (768495)