D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240625-33)
Convenio –  Adenda de 6 de junio de 2024, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Europea de Madrid, para la enseñanza clínica práctica en el grado de Medicina
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 150

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE JUNIO DE 2024

Pág. 113

Tercero
Que la Universidad Europea de Madrid (en lo sucesivo, la Universidad), es una universidad privada reconocida legalmente por Ley 24/1995, de 17 de julio, teniendo entre sus objetivos la ampliación del conocimiento a través de la investigación, y siendo uno de sus fines
la difusión, la valoración y la transferencia del conocimiento para ponerlo al servicio de la
ciencia, la técnica, la cultura, la calidad de vida y el desarrollo económico.
Cuarto
Que el interés mutuo que tienen la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Europea de Madrid en contribuir a la
formación de profesionales de la salud del grado de Medicina y a la difusión del conocimiento, llevó a la suscripción, el 21 de junio de 2022, de un convenio de colaboración entre ambos.
Quinto
Que la cláusula duodécima del convenio estableció una vigencia de un año, prorrogable por otro mediante acuerdo escrito de las partes, considerando que en ese período habría
concluido la tramitación de un nuevo convenio donde se incluyen todos los estudios de carácter sanitario que imparte la universidad.
Sexto
Que, mediante adenda de 27 de septiembre de 2023, el convenio ha sido prorrogado
hasta el 20 de junio de 2024.
Séptimo
Que, al no haber finalizado la tramitación del convenio único, es necesario modificar
la citada cláusula en el sentido de permitir nuevas prórrogas que permitan su continuidad,
para no dejar a las partes implicadas, y en particular a los estudiantes, sin la adecuada cobertura legal.
Octavo
Que, de acuerdo con la precitada cláusula Duodécima, la modificación del convenio
requerirá el acuerdo unánime de las partes firmantes del mismo.
Considerando lo anterior, y que la colaboración establecida ha dado un resultado altamente satisfactorio para las partes, estas acuerdan suscribir la presente adenda de acuerdo
con la siguiente
CLÁUSULA
Única
Se modifica el apartado 2 de la cláusula duodécima del convenio suscrito el 21 de junio
de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Europea de Madrid, quedando redactada del siguiente modo:
“2. Podrá prorrogarse en las mismas condiciones por años sucesivos por un plazo
máximo de otros cuatro años adicionales, mediante acuerdo escrito de las partes, salvo que
medie denuncia expresa de alguna de las partes, formulada con una antelación mínima de
tres meses a la fecha en que desee darse por finalizado el convenio”.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente
adenda.
Madrid, a 6 de junio de 2024.—En representación de la Comunidad de Madrid, la Consejera de Sanidad, Fátima Matute Teresa.—La Viceconsejera de Sanidad y Directora General del SERMAS, Laura Gutiérrez Barreno.—En representación de la Universidad
Europea de Madrid, la representante persona física del Administrador Único, Otilia de la
Fuente Domínguez.
(03/9.404/24)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20240625-33

Modificación del apartado 2 de la cláusula duodécima