C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240624-13)
Plan estratégico subvenciones – Orden 2674/2024, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones de la Dirección General de Enseñanzas Artísticas para los ejercicios 2024, 2025 y 2026.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 149
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE JUNIO DE 2024
Pág. 65
educativos madrileños para los cursos 2023-2024 y 2024-2025. Y las ayudas para la ampliación de estudios de alumnos de las enseñanzas artísticas e idiomas de mayor rendimiento en el extranjero, están recogidas en el Anexo III “Ámbito de la Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Especial”, y, en particular, en el apartado III.3 “Ayudas económicas
para la ampliación de estudios de idiomas, música, danza, arte dramático, diseño, conservación y restauración de bienes culturales, y artes plásticas y diseño en el extranjero”, de la
Orden 1025/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para los ejercicios 2023, 2024 y 2025.
El plan tendrá vigencia durante los años 2024, 2025 y 2026 para dar continuidad a las
líneas de subvención previstas.
Finalmente, el artículo 25 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, establece la obligación de publicar los planes estratégicos de subvenciones, además de en el Portal de Transparencia de la Comunidad de
Madrid, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En su virtud, de conformidad con las competencias que me atribuyen el artículo 4 bis
y 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
DISPONGO
Primero
Aprobación
Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Enseñanzas
Artísticas para los ejercicios 2024, 2025 y 2026, en los términos que figuran en el Anexo.
Segundo
Efectos
1. Dejar sin efectos los planes estratégicos vigentes que regulan las ayudas y subvenciones que se recogen en el presente plan en lo relativo a dichas subvenciones y, en particular, los siguientes:
a. El apartado 3 del Anexo III, “Anexo III: Ámbito de la educación Infantil, Primaria, Secundaria y Especial”, “apartado III-3 Ayudas económicas para la ampliación de estudios de idiomas, música, danza, arte dramático, diseño, conservación
y restauración de bienes culturales, y artes plásticas y diseño en el extranjero”, de
la Orden 1025/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de
la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para los ejercicios 2023, 2024 y 2025.
b. La Orden 2841/2023, de 28 de julio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para la concesión de ayudas para la implantación del programa de auxiliares de danza en centros educativos madrileños para los cursos 2023-2024 y 2024-2025.
Cualquier referencia en la tramitación y ejecución de estas subvenciones, se entenderá efectuada al presente Plan en el momento de su aprobación.
2. Esta Orden producirá efectos desde el momento de su firma.
Tercero
Esta Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en
el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 7 de junio de 2024.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20240624-13
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B.O.C.M. Núm. 149
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE JUNIO DE 2024
Pág. 65
educativos madrileños para los cursos 2023-2024 y 2024-2025. Y las ayudas para la ampliación de estudios de alumnos de las enseñanzas artísticas e idiomas de mayor rendimiento en el extranjero, están recogidas en el Anexo III “Ámbito de la Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Especial”, y, en particular, en el apartado III.3 “Ayudas económicas
para la ampliación de estudios de idiomas, música, danza, arte dramático, diseño, conservación y restauración de bienes culturales, y artes plásticas y diseño en el extranjero”, de la
Orden 1025/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para los ejercicios 2023, 2024 y 2025.
El plan tendrá vigencia durante los años 2024, 2025 y 2026 para dar continuidad a las
líneas de subvención previstas.
Finalmente, el artículo 25 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, establece la obligación de publicar los planes estratégicos de subvenciones, además de en el Portal de Transparencia de la Comunidad de
Madrid, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En su virtud, de conformidad con las competencias que me atribuyen el artículo 4 bis
y 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
DISPONGO
Primero
Aprobación
Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Enseñanzas
Artísticas para los ejercicios 2024, 2025 y 2026, en los términos que figuran en el Anexo.
Segundo
Efectos
1. Dejar sin efectos los planes estratégicos vigentes que regulan las ayudas y subvenciones que se recogen en el presente plan en lo relativo a dichas subvenciones y, en particular, los siguientes:
a. El apartado 3 del Anexo III, “Anexo III: Ámbito de la educación Infantil, Primaria, Secundaria y Especial”, “apartado III-3 Ayudas económicas para la ampliación de estudios de idiomas, música, danza, arte dramático, diseño, conservación
y restauración de bienes culturales, y artes plásticas y diseño en el extranjero”, de
la Orden 1025/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de
la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para los ejercicios 2023, 2024 y 2025.
b. La Orden 2841/2023, de 28 de julio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para la concesión de ayudas para la implantación del programa de auxiliares de danza en centros educativos madrileños para los cursos 2023-2024 y 2024-2025.
Cualquier referencia en la tramitación y ejecución de estas subvenciones, se entenderá efectuada al presente Plan en el momento de su aprobación.
2. Esta Orden producirá efectos desde el momento de su firma.
Tercero
Esta Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en
el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 7 de junio de 2024.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
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