Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20240624-36)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 196
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 149
Cimentaciones: zapatas individuales.
Apoyos: torres metálicas de celosía.
Aislamiento (aéreo): cadenas de vidrio (U160BSP).
Aislamiento (subterráneo): polietileno reticulado (XLPE AL 1 × 400).
Longitud: 3,56 km, los cuales se dividen en 3 tramos:
– Tramo 1 (subterráneo): Desde el pórtico de la SET Abarloar 30/220 kV al
apoyo PAS 51 de la línea a 220 kV “SET Abarloar-SET Piñón”. Longitud: 1,004 km.
Circuito 1:
Tensión: 220 kV.
Número de conductores: 1.
Tipo de conductor: OPSYCOM PKP de 48 fibras.
– Tramo 1 (aéreo): Desde el apoyo PAS 51 de la línea a 220 kV “SET AbarloarSET-Piñón” al apoyo 46. Longitud: 1,54961 km.
Circuito 1:
Tensión: 220 kV.
Número de conductores: 1.
Tipo de conductor: LA-380 GULL.
Cable de tierra: OPGW-tipo II-25 kVA.
Número de apoyos: 6.
– Tramo 2 (aéreo): Desde el apoyo 46 al apoyo 23 de la línea a 220 kV “SET
Armada-SET Piñón”. Longitud: 1,007 km.
Circuito 1:
Tensión: 220 kV.
Número de conductores: 1.
Tipo de conductor: LA-380 GULL.
Cable de tierra: OPGW-tipo II-25 kVA.
Número de apoyos: 4.
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así como
las condiciones impuestas en la citada Declaración de Impacto Ambiental de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental.
El resto de la infraestructura de evacuación, hasta la conexión con la red de transporte, queda fuera del alcance de la presente resolución, siendo objeto de otros expedientes
(SGEE/PFot-172 y SGEE/ PFot-192). A los efectos del artículo 21.5 de la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, no se otorgará autorización administrativa de
construcción hasta que dicho expediente obtenga, a su vez, la autorización administrativa
de construcción de la infraestructura de evacuación pertinente.
Asimismo, deberá cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación que establezca el Operador del Sistema.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, en
especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así como sin perjuicio
del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra.
Para las modificaciones al proyecto que se debieran presentar, será de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Tercero.—Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza
con la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados presentados
por el promotor y publicada el 27 de abril de 2021 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el 9 de abril de 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, el 13 de abril de 2021, en el “Boletín Oficial del Estado” y el 14 de julio de 2023, en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el 29 de junio de 2023, en el Boletín
Oficial de la Provincia de Guadalajara y el 30 de junio de 2023 en el “Boletín Oficial del
Estado”, a los efectos previstos en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a que sea otorgada la oportuna autorización por los organismos a los que se ha solicitado el condicionado técnico procedente, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica
sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Co-
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 149
Cimentaciones: zapatas individuales.
Apoyos: torres metálicas de celosía.
Aislamiento (aéreo): cadenas de vidrio (U160BSP).
Aislamiento (subterráneo): polietileno reticulado (XLPE AL 1 × 400).
Longitud: 3,56 km, los cuales se dividen en 3 tramos:
– Tramo 1 (subterráneo): Desde el pórtico de la SET Abarloar 30/220 kV al
apoyo PAS 51 de la línea a 220 kV “SET Abarloar-SET Piñón”. Longitud: 1,004 km.
Circuito 1:
Tensión: 220 kV.
Número de conductores: 1.
Tipo de conductor: OPSYCOM PKP de 48 fibras.
– Tramo 1 (aéreo): Desde el apoyo PAS 51 de la línea a 220 kV “SET AbarloarSET-Piñón” al apoyo 46. Longitud: 1,54961 km.
Circuito 1:
Tensión: 220 kV.
Número de conductores: 1.
Tipo de conductor: LA-380 GULL.
Cable de tierra: OPGW-tipo II-25 kVA.
Número de apoyos: 6.
– Tramo 2 (aéreo): Desde el apoyo 46 al apoyo 23 de la línea a 220 kV “SET
Armada-SET Piñón”. Longitud: 1,007 km.
Circuito 1:
Tensión: 220 kV.
Número de conductores: 1.
Tipo de conductor: LA-380 GULL.
Cable de tierra: OPGW-tipo II-25 kVA.
Número de apoyos: 4.
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así como
las condiciones impuestas en la citada Declaración de Impacto Ambiental de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental.
El resto de la infraestructura de evacuación, hasta la conexión con la red de transporte, queda fuera del alcance de la presente resolución, siendo objeto de otros expedientes
(SGEE/PFot-172 y SGEE/ PFot-192). A los efectos del artículo 21.5 de la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, no se otorgará autorización administrativa de
construcción hasta que dicho expediente obtenga, a su vez, la autorización administrativa
de construcción de la infraestructura de evacuación pertinente.
Asimismo, deberá cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación que establezca el Operador del Sistema.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, en
especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así como sin perjuicio
del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra.
Para las modificaciones al proyecto que se debieran presentar, será de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Tercero.—Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza
con la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados presentados
por el promotor y publicada el 27 de abril de 2021 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el 9 de abril de 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, el 13 de abril de 2021, en el “Boletín Oficial del Estado” y el 14 de julio de 2023, en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el 29 de junio de 2023, en el Boletín
Oficial de la Provincia de Guadalajara y el 30 de junio de 2023 en el “Boletín Oficial del
Estado”, a los efectos previstos en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a que sea otorgada la oportuna autorización por los organismos a los que se ha solicitado el condicionado técnico procedente, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica
sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Co-
BOCM-20240624-36
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