B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240624-5)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 7 de junio de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas para el acceso, a través del sistema general de acceso libre y de promoción interna, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Educador, Especialidad Educador de Centros de Educación Infantil (Grupo III, Nivel 6, Área B) de la Comunidad de Madrid, y se publica la relación provisional de personas aspirantes excluidas y la de aspirantes que han solicitado adaptación, con indicación de si deben aportar o no documentación acreditativa de la adaptación solicitada
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 149

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE JUNIO DE 2024

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excluidas expresamente así como las que no figuren en la relación de admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a
fin de subsanar el/los defecto/s que haya/n motivado su exclusión o su no inclusión expresa
en la relación provisional de personas aspirantes admitidas al referido proceso.

1. La cumplimentación y presentación de subsanaciones se ajustará a lo establecido
en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la
obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad
de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos, debiendo cumplimentarse exclusivamente por medios electrónicos.
2. El formulario de subsanación, dirigido a la Dirección General de Función Pública, Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se encontrará disponible en el trámite correspondiente a este proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad
de Madrid, cuyas URL son:
— Para los aspirantes del proceso de acceso libre: Educador Centros Educación Infantil
| Comunidad de Madrid ( https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/educadorcentros-educacion-infantil-0 ).
— Para los aspirantes del proceso de promoción interna: Educador Centros Educación Infantil | Comunidad de Madrid ( https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/educadorcentros-educacion-infantil )].
Asimismo, el acceso a dicho enlace estará disponible en las páginas web de los procesos selectivos (indicar hipervínculo al proceso):
— Para los aspirantes del proceso de acceso libre (FA 3596):
https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/educador-educacion-infantil-2023
— Para los aspirantes del proceso de Promoción Interna (FA2 3597):
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/educador-educacioninfantil-pi-2023
Una vez descargado, cumplimentado y firmado digitalmente el impreso, deberá tramitarse
junto con la documentación acreditativa que en su caso corresponda, como aportación documental en el expediente de su solicitud de admisión a dichas pruebas selectivas, a través de su Carpeta Ciudadana a la que podrá acceder desde el siguiente enlace: Carpeta Ciudadana.
3. Las personas aspirantes que hubieren de subsanar deberán marcar las causas de
exclusión que les resulten aplicables, cumplimentar los datos y/o presentar la documentación acreditativa que resulte necesaria para la subsanación. Asimismo, en los casos en los
que deban acreditar la adaptación solicitada, deberá especificarse en el apartado quinto correspondiente a las alegaciones, aportando a su vez la correspondiente documentación acreditativa.
Tanto las personas aspirantes que hayan solicitado adaptaciones y no figuren en el
anexo IV, como aquellas que deban aportar la documentación acreditativa de la necesidad de
la adaptación solicitada, deberán adjuntar copia del dictamen técnico facultativo emitido por
un centro base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, u órgano técnico competente para la calificación del grado de discapacidad de cualquier otra Administración, o en caso de personas sin discapacidad, copia de certificado médico oficial, documentos, todos ellos, que deberán contener, de manera expresa, los siguientes extremos:
1. Necesidad de las adaptaciones solicitadas.
2. Descripción detallada de los medios materiales y humanos, de las asistencias y
apoyos y de las ayudas técnicas y/o tecnologías asistidas que precisen para la realización de
las pruebas en las que participen, así como condiciones de accesibilidad que haya de tener
el recinto o espacio físico donde éstas se desarrollen (uso de atril, traductor de lenguaje de
signos, letra de tamaño superior a “x” milímetros, ampliación del tiempo de duración del
ejercicio en “x” minutos, etc.).
3. En el caso de que la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la
realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el
cual deberá ajustarse a lo establecido en la orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que
se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

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Cuarto