C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240622-3)
Convenio colectivo – Resolución de 4 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial de los años 2022, 2023 y 2024 del convenio colectivo de la empresa Pernod Ricard España, S. A. (antes Larios Pernod Ricard, S. A.), suscrito por la Comisión Negociadora (Código número 28012452012003)
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 148
SÁBADO 22 DE JUNIO DE 2024
Pág. 27
— D. Oscar Criado Carrera (UGT).
— D. Julián Moya Sanz (UGT).
— D.a Mercedes Lacasa Ley (UGT).
— D. Juan Gimeno Gonzalvo (UGT).
Todos ellos integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del centro de trabajo de Madrid de la empresa Pernod Ricard España, S. A., (código número
28012452012003), reconociéndose las partes como interlocutores válidos con capacidad y
legitimación necesaria de acuerdo con lo dispuesto en el texto convencional
MANIFIESTAN
1. Que con fecha 8 de mayo de 2023 la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo resolvió ordenar la inscripción y publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el Convenio Colectivo del centro de trabajo de Madrid.
2. Que en virtud de la citada Resolución, el Convenio Colectivo del centro de trabajo de Madrid fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en fecha 27 de mayo de 2023.
3. Que en fecha 7 de febrero de 2024, fue publicado en el “Boletín Oficial del Estado”
el Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional
para 2024 durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Ambas partes reconociéndose recíprocamente capacidad y legitimación para suscribir
el presente Convenio Colectivo de conformidad con lo dispuesto por los artículos 87 y 88
del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, después de la correspondiente negociación, acuerdan,
por unanimidad, actualizar el importe bruto de las tablas salariales vigentes para los ejercicios fiscales 2022/2023 y 2023/2024 previstas en el Anexo I, a los efectos de dar cumplimiento al Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2024, en los siguientes términos:
1. Que con efectos de 1 de enero de 2024, las partes acuerdan actualizar el importe bruto de las tablas salariales vigentes para los ejercicios fiscales 2022/2023 y 2023/2024
previstas en el Anexo I del Convenio Colectivo en los siguientes importes:
TABLAS SALARIALES
Tabla salario base mensual (bases ejercicio fiscal 2022/2023 Y 2023/2024) en euros
BANDA
GRUPO PROFESIONAL
SALARIO BASE
A
1
1.665,57
2
1.340,45
3
1.134,00
C
D
F
2. El presente Acuerdo de la Comisión Negociadora, cumpliendo los requisitos legales, será presentado para registro y publicación en los términos del artículo 90 de
la vigente Ley del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 6.1.b) del Real Decreto 713/2010, de Registro y Depósito de Convenio y Acuerdos Colectivos de Trabajo, de 28 de mayo de 2010. Expresamente se designa por la Comisión Negociadora a D.a Virginia Ramos, así como a D.a Montserrat Alonso para el registro del
presente acuerdo ante la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión y, de ella, la presente Acta
que, una vez leída y encontrada conforme, se firma por los integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo.
Los miembros de la Comisión Negociadora.—Por la representación de la empresa:
D.aAna González Payo, D.a Virginia Ramos Claudio, D. Diego Castillo López, D. Jaime
Sobrino Gaiztarro y D.a Estíbaliz Hernández Susunaga.—Por la parte social: D. Sergio
Díaz Cagigal, D.a Natalia Galán Serna, D.a Katia Fernández Blanco, D.a Raquel Pascual
Del Amo, D. Fernando del Viso Perez, D. Oscar Criado Carrera, D. Julián Moya Sanz, D.a
Mercedes Lacasa Ley y D. Juan Gimeno Gonzalvo.
(03/8.961/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240622-3
E
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 148
SÁBADO 22 DE JUNIO DE 2024
Pág. 27
— D. Oscar Criado Carrera (UGT).
— D. Julián Moya Sanz (UGT).
— D.a Mercedes Lacasa Ley (UGT).
— D. Juan Gimeno Gonzalvo (UGT).
Todos ellos integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del centro de trabajo de Madrid de la empresa Pernod Ricard España, S. A., (código número
28012452012003), reconociéndose las partes como interlocutores válidos con capacidad y
legitimación necesaria de acuerdo con lo dispuesto en el texto convencional
MANIFIESTAN
1. Que con fecha 8 de mayo de 2023 la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo resolvió ordenar la inscripción y publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el Convenio Colectivo del centro de trabajo de Madrid.
2. Que en virtud de la citada Resolución, el Convenio Colectivo del centro de trabajo de Madrid fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en fecha 27 de mayo de 2023.
3. Que en fecha 7 de febrero de 2024, fue publicado en el “Boletín Oficial del Estado”
el Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional
para 2024 durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Ambas partes reconociéndose recíprocamente capacidad y legitimación para suscribir
el presente Convenio Colectivo de conformidad con lo dispuesto por los artículos 87 y 88
del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, después de la correspondiente negociación, acuerdan,
por unanimidad, actualizar el importe bruto de las tablas salariales vigentes para los ejercicios fiscales 2022/2023 y 2023/2024 previstas en el Anexo I, a los efectos de dar cumplimiento al Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2024, en los siguientes términos:
1. Que con efectos de 1 de enero de 2024, las partes acuerdan actualizar el importe bruto de las tablas salariales vigentes para los ejercicios fiscales 2022/2023 y 2023/2024
previstas en el Anexo I del Convenio Colectivo en los siguientes importes:
TABLAS SALARIALES
Tabla salario base mensual (bases ejercicio fiscal 2022/2023 Y 2023/2024) en euros
BANDA
GRUPO PROFESIONAL
SALARIO BASE
A
1
1.665,57
2
1.340,45
3
1.134,00
C
D
F
2. El presente Acuerdo de la Comisión Negociadora, cumpliendo los requisitos legales, será presentado para registro y publicación en los términos del artículo 90 de
la vigente Ley del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 6.1.b) del Real Decreto 713/2010, de Registro y Depósito de Convenio y Acuerdos Colectivos de Trabajo, de 28 de mayo de 2010. Expresamente se designa por la Comisión Negociadora a D.a Virginia Ramos, así como a D.a Montserrat Alonso para el registro del
presente acuerdo ante la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión y, de ella, la presente Acta
que, una vez leída y encontrada conforme, se firma por los integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo.
Los miembros de la Comisión Negociadora.—Por la representación de la empresa:
D.aAna González Payo, D.a Virginia Ramos Claudio, D. Diego Castillo López, D. Jaime
Sobrino Gaiztarro y D.a Estíbaliz Hernández Susunaga.—Por la parte social: D. Sergio
Díaz Cagigal, D.a Natalia Galán Serna, D.a Katia Fernández Blanco, D.a Raquel Pascual
Del Amo, D. Fernando del Viso Perez, D. Oscar Criado Carrera, D. Julián Moya Sanz, D.a
Mercedes Lacasa Ley y D. Juan Gimeno Gonzalvo.
(03/8.961/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240622-3
E