Alcobendas (BOCM-20240621-35)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 147
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JUNIO DE 2024
Pág. 149
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
35
ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del decreto número 8173, con fecha 3 de junio de 2024, por el que se convoca la subvención convocatoria subvenciones ámbito Protección Social y Mayores.
BDNS (Identif.): 767506
BOCM-20240621-35
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/767506 ).
Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar subvención, de acuerdo con las bases de la
presente convocatoria, las asociaciones y entidades, sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones y entidades análogas del Ayuntamiento de Alcobendas,
que tengan un fin social y que desarrollen proyectos en el ámbito de la Protección Social y
Mayores.
Segundo. Finalidad.—Protección Social: actividades promovidas por asociaciones
dirigidas a la atención de personas con discapacidad y específicamente las de rehabilitación,
apoyo psicosocial y grupos de autoayuda que permitan mejorar su calidad de vida y potenciar sus capacidades personales y sociales favoreciendo su integración y participación en la
vida social, así como las que promuevan la autonomía personal, bienestar social de las familias y calidad de vida de las personas con discapacidad. Mayores: programas que promuevan
el asociacionismo y la participación activa de las personas mayores en la vida social del municipio y específicamente las actividades que potencien la convivencia, socialización, creatividad, desarrollo personal, bienestar social y calidad de vida de los mayores asociados.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza municipal reguladora de las subvenciones
de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana del Ayuntamiento de Alcobendas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de febrero de 2009).
Cuarto. Cuantía.—Importe de 23.651,00 euros.
Quinto.—Las solicitudes de subvención y el resto de documentación exigida por la ordenanza a la que se hace referencia en el base 1 de esta convocatoria se presentarán en un
único documento, dentro del plazo de quince días naturales, a partir del día siguiente de la
publicación de esta Ayuntamiento de Alcobendas.
Alcobendas, a 4 de junio de 2024.—La concejala-delegada de Familia y Bienestar
Social, María Concepción Villalón Blesa.
(03/9.559/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 147
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VIERNES 21 DE JUNIO DE 2024
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
35
ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del decreto número 8173, con fecha 3 de junio de 2024, por el que se convoca la subvención convocatoria subvenciones ámbito Protección Social y Mayores.
BDNS (Identif.): 767506
BOCM-20240621-35
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/767506 ).
Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar subvención, de acuerdo con las bases de la
presente convocatoria, las asociaciones y entidades, sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones y entidades análogas del Ayuntamiento de Alcobendas,
que tengan un fin social y que desarrollen proyectos en el ámbito de la Protección Social y
Mayores.
Segundo. Finalidad.—Protección Social: actividades promovidas por asociaciones
dirigidas a la atención de personas con discapacidad y específicamente las de rehabilitación,
apoyo psicosocial y grupos de autoayuda que permitan mejorar su calidad de vida y potenciar sus capacidades personales y sociales favoreciendo su integración y participación en la
vida social, así como las que promuevan la autonomía personal, bienestar social de las familias y calidad de vida de las personas con discapacidad. Mayores: programas que promuevan
el asociacionismo y la participación activa de las personas mayores en la vida social del municipio y específicamente las actividades que potencien la convivencia, socialización, creatividad, desarrollo personal, bienestar social y calidad de vida de los mayores asociados.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza municipal reguladora de las subvenciones
de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana del Ayuntamiento de Alcobendas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de febrero de 2009).
Cuarto. Cuantía.—Importe de 23.651,00 euros.
Quinto.—Las solicitudes de subvención y el resto de documentación exigida por la ordenanza a la que se hace referencia en el base 1 de esta convocatoria se presentarán en un
único documento, dentro del plazo de quince días naturales, a partir del día siguiente de la
publicación de esta Ayuntamiento de Alcobendas.
Alcobendas, a 4 de junio de 2024.—La concejala-delegada de Familia y Bienestar
Social, María Concepción Villalón Blesa.
(03/9.559/24)
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ISSN 1989-4791