Fuenlabrada (BOCM-20240621-39)
Organización y funcionamiento. Ordenanza zona bajas emisiones
35 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 190
VIERNES 21 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 147
Apartado 6. Resolución
BOCM-20240621-39
El alta de un vehículo en el Sistema de gestión de accesos de vehículos más contaminantes a la ZBE del Ayuntamiento de Fuenlabrada y el otorgamiento de las correspondientes autorizaciones se resolverá (aceptada, denegada o incompleta) en un período máximo
de 15 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
Será competente para otorgar la autorización el alcalde-presidente o persona en quien
delegue. Los decretos y resoluciones que resuelvan las solicitudes de las correspondientes
autorizaciones, ponen fin a la vía administrativa y, por tanto, en vía administrativa cabrá interponer recurso de reposición.
La presente ordenanza municipal entrará en vigor una vez haya sido publicado el presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y haya transcurrido el plazo de quince días hábiles, a tenor de lo preceptuado en los artículos 65.2 y 70.2 de la LRBRL.
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la
publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los
interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (contra las disposiciones administrativas de carácter general no cabrá recurso en vía
administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Fuenlabrada, a 11 de junio de 2024.—La secretaria general del Pleno, María Rocío
Parra Castejón.
(03/9.331/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 190
VIERNES 21 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 147
Apartado 6. Resolución
BOCM-20240621-39
El alta de un vehículo en el Sistema de gestión de accesos de vehículos más contaminantes a la ZBE del Ayuntamiento de Fuenlabrada y el otorgamiento de las correspondientes autorizaciones se resolverá (aceptada, denegada o incompleta) en un período máximo
de 15 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
Será competente para otorgar la autorización el alcalde-presidente o persona en quien
delegue. Los decretos y resoluciones que resuelvan las solicitudes de las correspondientes
autorizaciones, ponen fin a la vía administrativa y, por tanto, en vía administrativa cabrá interponer recurso de reposición.
La presente ordenanza municipal entrará en vigor una vez haya sido publicado el presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y haya transcurrido el plazo de quince días hábiles, a tenor de lo preceptuado en los artículos 65.2 y 70.2 de la LRBRL.
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la
publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los
interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (contra las disposiciones administrativas de carácter general no cabrá recurso en vía
administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Fuenlabrada, a 11 de junio de 2024.—La secretaria general del Pleno, María Rocío
Parra Castejón.
(03/9.331/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791