D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240621-12)
Convenio – Convenio de 4 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Fundación Museo Naval, para la realización de prácticas externas de los alumnos de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 147
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JUNIO DE 2024
Pág. 65
vistos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, preferentemente mediante el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales”.
Dispone de información complementaria en el siguiente enlace:
https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos
Undécima
Comisión mixta de seguimiento del convenio
Se crea una comisión mixta que llevará a cabo el seguimiento, vigilancia y control de
la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. La comisión
está formada por la dirección de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de
Bienes Culturales y el responsable de las prácticas designado por la Fundación Museo Naval o las personas en que los mismos deleguen formalmente.
La comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto del convenio, de acuerdo con la legalidad aplicable.
La comisión adoptará sus decisiones de mutuo acuerdo, y las mismas se harán constar en
la correspondiente acta. En lo demás, en la medida que su composición lo permita, adaptará
su régimen de funcionamiento a lo establecido en la sección 3.a del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Duodécima
Régimen jurídico
Este convenio tiene naturaleza administrativa y le es de aplicación la Ley 40/2015 de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando excluido de la aplicación de la
legislación de contratos del Sector Público, sin perjuicio del sometimiento a sus principios
para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, así como a las normas generales de Derecho Administrativo, a los principios de buena administración y al ordenamiento jurídico en general.
Decimotercera
Solución de controversias
BOCM-20240621-12
Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse sobre la interpretación y aplicación
del presente convenio se resolverán, en primer término, por las partes de común acuerdo,
en el seno de la comisión mixta contemplada en la cláusula undécima de este convenio, en
todo caso de conformidad con la legalidad vigente, en especial conforme a la regulación sobre convenios contenida en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y, en defecto de acuerdo entre las partes,
por los juzgados y tribunales del orden contencioso-administrativo.
En prueba de conformidad, se firma el presente convenio a la fecha de la última firma
consignada.
Madrid, a 4 de junio de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 365/2024, de 13 de febrero; BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de febrero de 2024), el director de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, David Gómez Lozano.—Por la
Fundación Museo Naval, el Gerente, Antonio Estarellas Pereyra.
B.O.C.M. Núm. 147
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JUNIO DE 2024
Pág. 65
vistos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, preferentemente mediante el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales”.
Dispone de información complementaria en el siguiente enlace:
https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos
Undécima
Comisión mixta de seguimiento del convenio
Se crea una comisión mixta que llevará a cabo el seguimiento, vigilancia y control de
la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. La comisión
está formada por la dirección de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de
Bienes Culturales y el responsable de las prácticas designado por la Fundación Museo Naval o las personas en que los mismos deleguen formalmente.
La comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto del convenio, de acuerdo con la legalidad aplicable.
La comisión adoptará sus decisiones de mutuo acuerdo, y las mismas se harán constar en
la correspondiente acta. En lo demás, en la medida que su composición lo permita, adaptará
su régimen de funcionamiento a lo establecido en la sección 3.a del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Duodécima
Régimen jurídico
Este convenio tiene naturaleza administrativa y le es de aplicación la Ley 40/2015 de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando excluido de la aplicación de la
legislación de contratos del Sector Público, sin perjuicio del sometimiento a sus principios
para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, así como a las normas generales de Derecho Administrativo, a los principios de buena administración y al ordenamiento jurídico en general.
Decimotercera
Solución de controversias
BOCM-20240621-12
Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse sobre la interpretación y aplicación
del presente convenio se resolverán, en primer término, por las partes de común acuerdo,
en el seno de la comisión mixta contemplada en la cláusula undécima de este convenio, en
todo caso de conformidad con la legalidad vigente, en especial conforme a la regulación sobre convenios contenida en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y, en defecto de acuerdo entre las partes,
por los juzgados y tribunales del orden contencioso-administrativo.
En prueba de conformidad, se firma el presente convenio a la fecha de la última firma
consignada.
Madrid, a 4 de junio de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 365/2024, de 13 de febrero; BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de febrero de 2024), el director de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, David Gómez Lozano.—Por la
Fundación Museo Naval, el Gerente, Antonio Estarellas Pereyra.