D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM-20240621-31)
Convenio –  Convenio de 30 de mayo de 2024, entre la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 y el Ayuntamiento de Casarrubuelos, para establecer un protocolo de actuación de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil en el ámbito de la extinción de incendios y salvamento
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 147

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JUNIO DE 2024

Pág. 139

Documentación y registros:
La AMVPC adecuará, actualizará y completará a la mayor brevedad su documentación
interna relativa a organización, formación, entrenamiento, procedimientos, materiales y
equipos, de manera que se ajuste a los contenidos del presente Convenio.
En actuaciones en las que participen conjuntamente recursos de la AMVPC y del CBCM,
no podrán difundirse imágenes, videos o cualquier otro material audiovisual relativo a la
emergencia sin autorización previa. El tratamiento mediático de la intervención conjunta estará siempre coordinado y gestionado por el departamento de prensa de ASEM112.
Cuarta
Procedimiento de comunicación al CECOP del CBCM
Es importante asegurar que quien tenga conocimiento ha de reportar la existencia del
siniestro. También debe confirmarse por parte de la AMPVC el momento de su llegada al
lugar del siniestro y, en su caso ésta podrá ampliar información o pedir instrucciones concretas a CECOP:
— Cuando la AMVPC tenga constancia de que en su ámbito de actuación se ha producido una emergencia que corresponda al ámbito de la extinción de incendios y/o
salvamento, o lleguen los primeros a esta, además de las comunicaciones recogidas en el artículo 35 del Reglamento-AMVPC, debe asegurar que 112 es consciente de la existencia del siniestro, llamando e indicando los siguientes extremos u
otros que le pudieran ser requeridos:
• Tipificación de la emergencia.
• Ubicación exacta (dirección postal, punto kilométrico, paraje…).
• Recursos activados y/o presentes en el lugar.
• Teléfono de contacto para que la Central de Bomberos pueda, en su caso, ampliar la información.
• Otra información relevante: implicación de personas, animales, bienes, medio
ambiente, gravedad y magnitud del siniestro...
— La presencia de la AMVPC en el lugar del siniestro debe reportarse a CECOP si
no se ha confirmado previamente con el 112.
— Además, si la AMVPC lo considera, puede reclamar instrucciones específicas sobre
la forma de proceder contactando directamente con CECOP en el 917089485.
Quinta
Capacidades y procedimientos de intervención

— Que sus voluntarios están cualificados para ello, y que se compromete a mantenerlos con la formación y capacitación acordes al desempeño de esas funciones.
— Que dispone de los vehículos y equipos apropiados para ello, y que se compromete a mantener su vigencia, operatividad y condiciones de seguridad conforme a los
requisitos legales.
— Que el RI-AMVPC asegurará la integridad física de los voluntarios mediante el
estricto cumplimiento de las obligaciones referentes a la seguridad en la intervención reflejadas en la cláusula tercera de este Convenio.
— Que su intervención se ajustará a lo dispuesto en el “¡Error! No se encuentra el origen
de la referencia.” que se incorpora como parte integrante del presente Convenio.
— Que informará de manera inmediata la baja (temporal o definitiva) de personas,
vehículos o materiales que mermen la capacidad o imposibiliten el desarrollo de
las funciones que este convenio detalla.

BOCM-20240621-31

El artículo 36.c) del Reglamento-AMVPC recoge como funciones propias de los voluntarios de protección civil la primera intervención en siniestros y adopción de medidas
que eviten la propagación de los mismos, siempre que se encuentren debidamente cualificados, dispongan de los medios apropiados, esté asegurada su integridad física, y dichos supuestos estén contemplados en los procedimientos de intervención incorporados en los
acuerdos de colaboración con los servicios públicos competentes, cuando procedan.
En el caso de siniestros del ámbito de la extinción de incendios y/o salvamento, en lo
referente a la primera intervención y a la adopción de medidas que eviten la propagación de
los mismos, la AMVPC se compromete a: