D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM-20240621-31)
Convenio – Convenio de 30 de mayo de 2024, entre la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 y el Ayuntamiento de Casarrubuelos, para establecer un protocolo de actuación de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil en el ámbito de la extinción de incendios y salvamento
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 136
VIERNES 21 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 147
En materia de prevención, extinción de incendios y salvamento, la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 cuenta con capacidades y recursos suficientes para atender al riesgo existente en la región. No obstante, determinados municipios, como el que suscribe este Convenio, disponen de una Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección
Civil inscrita en el Registro de AMVPC de la Comunidad de Madrid, que reúne los medios
humanos y materiales necesarios para realizar determinadas funciones complementarias y
de apoyo a la labor de la Agencia, a través del Cuerpo de Bomberos, colaborando así en la
reducción del número de incendios y los efectos de los mismos.
Además, para aquellos Ayuntamientos que no tengan atribuidas las competencias en
el ámbito de la extinción de incendios y salvamentos, el artículo 37 del Decreto 165/2018,
de 4 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección
Civil en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294, de 10 de diciembre de 2018), en adelante Reglamento-AMVPC, contempla la
colaboración de las AMVPC siempre que previamente firmen un acuerdo de colaboración
con el órgano competente de la Comunidad Madrid.
La disposición transitoria quinta del citado Decreto, establece que “Las Agrupaciones
que a la entrada en vigor de este decreto presten funciones operativas relacionadas con el
servicio público del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid […], deberán formalizar un acuerdo de colaboración, si éste procede, en el plazo de un año desde la fecha de
publicación de este decreto”.
Esta mejora del servicio se ha hecho patente en diferentes actuaciones conjuntas de la
Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 con distintos Ayuntamientos mediante la
suscripción de diferentes convenios que ha generado una mejora en el servicio al ciudadano y una vía de participación de los Ayuntamientos en las labores de Protección Civil.
Es intención de las partes firmantes realizar las actuaciones precisas para lograr un aumento de la seguridad de los ciudadanos del municipio, persiguiendo una respuesta coordinada y segura para los intervinientes, y aún más inmediata en el ámbito de la extinción de
incendios y salvamentos.
Por todo lo expuesto, ambas partes, reconociéndose mutuo interés y recíprocamente la capacidad legal necesaria y suficiente, suscriben el presente convenio de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El presente Convenio tiene por objeto establecer el marco específico de colaboración
y coordinación operativa entre el Ayuntamiento de Casarrubuelos (a través de su Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil, en adelante AMVPC) y la Agencia de
Seguridad y Emergencias Madrid 112, en adelante ASEM112, en el ámbito relativo a la
prevención, extinción de incendios y salvamento con el fin de generar una mejora en el
servicio al ciudadano y una vía de participación de éste en las labores de protección civil.
Segunda
Las obligaciones de la ASEM 112 serán las siguientes:
— Fomentará y apoyará la AMVPC mediante campañas de información, de divulgación y reconocimiento de las actividades del voluntariado en el ámbito de protección civil.
— Impartirá la formación básica y continuada en materia de protección civil a través
de la Dirección General que tenga atribuida esta competencia, de acuerdo con las
directrices que el CBCM pudiera establecer en lo que a su ámbito de actuación se
refiere y, en su caso, a través de la participación directa de su personal en las acciones formativas.
— Comunicar al Ayuntamiento los siniestros los siniestros que se produzcan en su
término municipal, para favorecer la atención inmediata de los mismos desarrollando la AMVPC las funciones aquí acordadas.
BOCM-20240621-31
Obligaciones de la ASEM 112
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 136
VIERNES 21 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 147
En materia de prevención, extinción de incendios y salvamento, la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 cuenta con capacidades y recursos suficientes para atender al riesgo existente en la región. No obstante, determinados municipios, como el que suscribe este Convenio, disponen de una Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección
Civil inscrita en el Registro de AMVPC de la Comunidad de Madrid, que reúne los medios
humanos y materiales necesarios para realizar determinadas funciones complementarias y
de apoyo a la labor de la Agencia, a través del Cuerpo de Bomberos, colaborando así en la
reducción del número de incendios y los efectos de los mismos.
Además, para aquellos Ayuntamientos que no tengan atribuidas las competencias en
el ámbito de la extinción de incendios y salvamentos, el artículo 37 del Decreto 165/2018,
de 4 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección
Civil en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294, de 10 de diciembre de 2018), en adelante Reglamento-AMVPC, contempla la
colaboración de las AMVPC siempre que previamente firmen un acuerdo de colaboración
con el órgano competente de la Comunidad Madrid.
La disposición transitoria quinta del citado Decreto, establece que “Las Agrupaciones
que a la entrada en vigor de este decreto presten funciones operativas relacionadas con el
servicio público del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid […], deberán formalizar un acuerdo de colaboración, si éste procede, en el plazo de un año desde la fecha de
publicación de este decreto”.
Esta mejora del servicio se ha hecho patente en diferentes actuaciones conjuntas de la
Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 con distintos Ayuntamientos mediante la
suscripción de diferentes convenios que ha generado una mejora en el servicio al ciudadano y una vía de participación de los Ayuntamientos en las labores de Protección Civil.
Es intención de las partes firmantes realizar las actuaciones precisas para lograr un aumento de la seguridad de los ciudadanos del municipio, persiguiendo una respuesta coordinada y segura para los intervinientes, y aún más inmediata en el ámbito de la extinción de
incendios y salvamentos.
Por todo lo expuesto, ambas partes, reconociéndose mutuo interés y recíprocamente la capacidad legal necesaria y suficiente, suscriben el presente convenio de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El presente Convenio tiene por objeto establecer el marco específico de colaboración
y coordinación operativa entre el Ayuntamiento de Casarrubuelos (a través de su Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil, en adelante AMVPC) y la Agencia de
Seguridad y Emergencias Madrid 112, en adelante ASEM112, en el ámbito relativo a la
prevención, extinción de incendios y salvamento con el fin de generar una mejora en el
servicio al ciudadano y una vía de participación de éste en las labores de protección civil.
Segunda
Las obligaciones de la ASEM 112 serán las siguientes:
— Fomentará y apoyará la AMVPC mediante campañas de información, de divulgación y reconocimiento de las actividades del voluntariado en el ámbito de protección civil.
— Impartirá la formación básica y continuada en materia de protección civil a través
de la Dirección General que tenga atribuida esta competencia, de acuerdo con las
directrices que el CBCM pudiera establecer en lo que a su ámbito de actuación se
refiere y, en su caso, a través de la participación directa de su personal en las acciones formativas.
— Comunicar al Ayuntamiento los siniestros los siniestros que se produzcan en su
término municipal, para favorecer la atención inmediata de los mismos desarrollando la AMVPC las funciones aquí acordadas.
BOCM-20240621-31
Obligaciones de la ASEM 112