D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM-20240621-30)
Convenio –  Adenda de 30 de mayo de 2024, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Justicia, Interior y Víctimas) y el Ayuntamiento de Brea de Tajo, para establecer un protocolo de actuación de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil en el ámbito de la extinción de incendios y salvamento
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 147

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
AGENCIA DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS MADRID 112
30

ADENDA de 30 de mayo de 2024, de prórroga del convenio entre la Comunidad
de Madrid (Consejería de Justicia, Interior y Víctimas) y el Ayuntamiento de
Brea de Tajo, para establecer un protocolo de actuación de la Agrupación de
Voluntarios de Protección Civil en el ámbito de la extinción de incendios y salvamento.
REUNIDOS

De una parte, la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, representada por D.
Pedro A. Ruiz Escobar, en calidad de Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias
Madrid 112, nombrado por Decreto 141/2023, de 5 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 159, de 6 de julio), actuando por delegación de competencias del Presidente de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, de fecha 30 de
enero de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 37, de 13 de febrero), y de conformidad con el artículo 33.c) de la Ley 5/2023, de 22 de marzo, de Creación
del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid.
Y de otra parte, el Excmo. Ayuntamiento de Brea de Tajo, representado en este acto por D.
Pablo Rodrigo Martínez, Excmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Brea de Tajo, actuando en
calidad de representante de la Corporación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 124.4.a) de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, a tenor de su elección
en sesión celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de Brea de Tajo el día 14 de marzo de 2024.
Reconociéndose las partes la capacidad jurídica para la realización de este acto en el
marco del convenio firmado el 14 de agosto de 2020 y en virtud de las posibilidades arbitradas en su cláusula novena,
EXPONEN
Que, de acuerdo con la cláusula novena del convenio entre la Comunidad de Madrid
(Consejería de Justicia, Interior y Víctimas) y el Ayuntamiento de Brea de Tajo para establecer un protocolo de actuación de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil en el ámbito de la extinción de incendios y salvamento, firmado el 14 de agosto de 2020, “el presente
Acuerdo entrará en vigor el día de su firma y tendrá una duración de cuatro años. Los firmantes del Acuerdo podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años
adicionales o su extinción, con una antelación de dos meses a la fecha de vencimiento”.
En su virtud, ambas partes

La prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Justicia, Interior y Víctimas) y el Ayuntamiento de Brea de Tajo para establecer un protocolo de actuación de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil en el ámbito de la extinción de
incendios y salvamento firmado el 14 de agosto de 2020. Dicha prórroga surtirá efectos a
partir del 15 de agosto de 2024 y tendrá vigencia hasta el 14 de agosto de 2028.
La adenda de prórroga será objeto de publicación en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Por ello, y en prueba de conformidad, firman el presente documento.
Madrid, a 30 de mayo de 2024.—El Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, Pedro A. Ruiz Escobar.—El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Brea de Tajo, Pablo Rodrigo Martínez.
(03/9.201/24)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20240621-30

ACUERDAN