Navas del Rey (BOCM-20240620-81)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 146
JUEVES 20 DE JUNIO DE 2024
Pág. 181
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
81
NAVAS DEL REY
RÉGIMEN ECONÓMICO
Acuerdo del Pleno de fecha 24/05/2024 de la entidad de Navas del Rey, por el que se
aprueba definitivamente la modificación de créditos número 753/2024, del presupuesto en
vigor, en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de distintas áreas de
gasto, que no afectan a altas y bajas de crédito de personal.
Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo:
AUMENTOS
CAPÍTULO
2
EUROS
Gastos en bienes corrientes y servicios
119.000,00
DISMINUCIONES
CAPÍTULO
6
EUROS
Inversiones corrientes
119.000,00
BOCM-20240620-81
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de
dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 del texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la
efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Navas del Rey, a 19 de junio de 2024.—El alcalde-presidente, Jaime Peral Pedrero.
(03/9.760/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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81
NAVAS DEL REY
RÉGIMEN ECONÓMICO
Acuerdo del Pleno de fecha 24/05/2024 de la entidad de Navas del Rey, por el que se
aprueba definitivamente la modificación de créditos número 753/2024, del presupuesto en
vigor, en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de distintas áreas de
gasto, que no afectan a altas y bajas de crédito de personal.
Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo:
AUMENTOS
CAPÍTULO
2
EUROS
Gastos en bienes corrientes y servicios
119.000,00
DISMINUCIONES
CAPÍTULO
6
EUROS
Inversiones corrientes
119.000,00
BOCM-20240620-81
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de
dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 del texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la
efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Navas del Rey, a 19 de junio de 2024.—El alcalde-presidente, Jaime Peral Pedrero.
(03/9.760/24)
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ISSN 1989-4791