C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240620-22)
Programa de formación –  Resolución de 5 de junio de 2024, del Director General de Reequilibrio Territorial de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se hace pública la convocatoria del Programa de Formación para el personal y cargos electivos de las Corporaciones Locales de la Comunidad de Madrid correspondiente al segundo semestre de 2024
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BOCM

JUEVES 20 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 146

Séptima
Cifra mínima de alumnos y modificaciones de las acciones formativas
La Dirección General de Reequilibrio Territorial se reserva la facultad de suspender o
aplazar el desarrollo de una acción formativa cuando el número de alumnos convocados el
día hábil inmediatamente anterior al inicio del curso sea inferior a la mitad de las plazas disponibles. Asimismo, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en atención
a la demanda registrada, por razones de eficacia o calidad, podrá modificar el número de
acciones formativas, su duración, contenido, destinatarios, valoración de méritos para la
provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional y demás características.
Octava
Nuevas acciones formativas
La Dirección General de Reequilibrio Territorial podrá convocar nuevas acciones formativas, con distintos formatos y duración, atendiendo a novedades legislativas, nuevos
procesos administrativos o aspectos susceptibles de mejora en la calidad de los servicios
públicos de las Corporaciones Locales de la Comunidad de Madrid.
Novena
Con anterioridad a la celebración de cada acción formativa, los alumnos seleccionados
serán informados de su valoración a los efectos del baremo de méritos generales para la provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, adoptados
por Resolución de esta Dirección General de fecha 5 de diciembre de 1994 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 298, de 16 de diciembre) y de acuerdo también con la Resolución de 1 de abril de 1996 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 91, de 17 de abril), por la que se regulan los méritos de determinación autonómica de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Décima
Información adicional y otros requisitos
Se podrá solicitar información adicional en los teléfonos 638 203 276, 912 767 657,
689 685 596, 648 220 238 y 615 077 753.
Los participantes en la acción formativa para la que hayan sido seleccionados deberán
confirmar su asistencia o renuncia, en el plazo establecido en la convocatoria, al Servicio
de Formación de la Dirección General de Reequilibrio Territorial. La incomparecencia a un
curso sin aviso ni causa justificada podrá motivar la exclusión del alumno seleccionado del
resto de las acciones formativas que se celebren durante los dos semestres siguientes.
Se establecerán, en todos los cursos, plazas de reserva para cubrir posibles bajas que
se pudieran producir antes del inicio del curso.
Los solicitantes de cursos desarrollados a través de videoconferencia deberán disponer
de una infraestructura informática que, al menos, cumpla los requisitos técnicos siguientes:
— Dispositivo con conexión a Internet.
— Cámara y micrófono.
— Navegador actualizado de Edge, Chrome, Firefox u otro.
Madrid, a 5 de junio de 2024.—El Director General de Reequilibrio Territorial, Javier
Carazo Gil.
ANEXO I
A) Itinerarios
11.89 Itinerario de Catastro.
11.90 Coordinación entre Catastro y Registro de la Propiedad.
11.91 Transformación digital en Entidades Locales.
11.92 Gestión de ingresos y recaudación en Entidades Locales.
11.93 El derecho urbanístico de la Comunidad de Madrid.
11.94 Uso básico de datos en la toma de decisiones del ámbito local.
11.95 Desarrollo socioeconómico local. La intervención LEADER.
11.96 Seguridad Social: Incapacidades temporal, permanente y jubilación

BOCM-20240620-22

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID