Galapagar (BOCM-20240620-73)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 146

to en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Los sucesivos anuncios se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica del
Ayuntamiento de Galapagar, así como en el tablón de edictos físico del mismo Ayuntamiento.
Séptimo. Sistema de provisión.—La selección se efectuará de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, atendiendo a criterios de formación, competencia y experiencia profesional e idoneidad para ocupar el puesto en relación con las funciones, objetivos
perseguidos y ámbito de la Secretaría a ocupar.
La designación del aspirante se realizará discrecionalmente por parte de la AlcaldíaPresidencia, atendiendo al espíritu de esta forma de provisión, en la que se debe armonizar
la valía profesional con aspectos tales como la confianza recíproca. A tal efecto se constituirá una Comisión de Evaluación compuesta por presidente, secretario, con voz pero sin
voto, y dos vocales, que formulará una propuesta razonada del/la candidato/a idóneo/a, sin
que por otro lado, ésta llegue a ser vinculante.
Las solicitudes de las personas aspirantes admitidas serán valoradas de acuerdo con los
siguientes aspectos:
— Experiencia profesional en funciones y tareas directamente relacionadas con el
ámbito de responsabilidad objeto del puesto al que se opta, desarrolladas en las administraciones públicas.
— Otros méritos tales como formación impartida, docencia, publicaciones, etc., que
estén directamente relacionados con las funciones y tareas del puesto convocado.
Los aspirantes podrán ser llamados a la realización de una entrevista sobre cuestiones
derivadas de su currículum profesional y cualesquiera otra que el órgano competente tenga
a bien realizar, en su caso, pudiendo requerir a los candidatos que acrediten los méritos alegados mediante la exhibición de los documentos originales que así lo certifiquen, con el fin
de determinar la idoneidad del candidato propuesto para el nombramiento.
En esta entrevista se valorarán las siguientes competencias y habilidades profesionales:
— Capacidad para organizar y programar la actividad de la alcaldesa: secretaria personal, agenda, visitas, etc.
— Capacidad para organizar y gestionar las agendas y desplazamientos de los miembros de la Corporación.
— Capacidad para organizar el uso de los vehículos oficiales y salas del Ayuntamiento.
— Manejo de la aplicación informática de gestdoc (despacho y reparto de asuntos,
tramitación de expedientes, …).
— Empleo y manejo del correo electrónico, bases de datos y hojas de cálculo.
— Digitalización de documentos.
— Capacidad en su relación con los ciudadanos, empresas y organismos públicos
— Capacidad de organización y gestión de actos institucionales, visitas, celebraciones,
etcétera.
— Tareas de registro, distribución de documentos y correspondencia.
— Capacidad de asesoramiento y tramitación de matrimonios civiles.
Octavo. Régimen de impugnaciones e incidencias.—Tras la aprobación definitiva de
la lista de aspirantes admitidos, en el plazo máximo de un mes, la Concejalía-Delegada de
Recursos Humanos del Ayuntamiento de Galapagar (Madrid) resolverá la convocatoria,
motivadamente y a la vista de la propuesta de la Comisión de Evaluación, con referencia al
cumplimiento por parte del candidato elegido de los requisitos exigidos en la convocatoria
y la competencia para proceder al mismo, debiendo quedar acreditada, como fundamento
de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.
El procedimiento podrá declararse desierto si así fuere estimado por el órgano competente para resolver.
El plazo de toma de posesión del funcionario nombrado será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo empezará a contarse
a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de la designación en la sede electrónica de Empleo
Público del Ayuntamiento de Galapagar. El cómputo de plazos posesorios se iniciará cuando
finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados.
Por necesidades del servicio, podrá diferir el cese y la toma de posesión hasta un máximo de diez días hábiles.
Noveno. Cese.—Los titulares de los puestos de trabajo, provistos por el procedimiento de libre designación con convocatoria pública, podrán ser cesados discrecionalmente, se-

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