B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240620-2)
Cese y nombramiento –  Acuerdo de 19 de junio de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se cesa y nombra a los vocales del Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid y de su Comisión Permanente
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 146

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE JUNIO DE 2024

Pág. 17

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
2

ACUERDO de 19 de junio de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se cesa
y nombra a los vocales del Consejo de Formación Profesional de la Comunidad
de Madrid y de su Comisión Permanente.

El Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid, creado y regulado
por Decreto 35/2001, de 8 de marzo, es el órgano consultivo y de asesoramiento del
Gobierno en materia de formación profesional, con participación de las organizaciones
empresariales y sindicales.
Este consejo se encuentra adscrito, de forma alterna y por períodos anuales, a las consejerías competentes en materia de educación y en materia de empleo.
El artículo 4 del citado decreto, regula la composición del Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid, y dispone que todos los miembros que ocupen las
vocalías, tanto titulares como suplentes, serán nombrados y separados por Acuerdo de
Consejo de Gobierno, de conformidad con las propuestas de las consejerías con competencia en materia de educación y empleo, de las organizaciones empresariales y sindicales
de carácter intersectorial más representativas en el territorio de la Comunidad de Madrid
y de la Federación de Municipios de Madrid.
El apartado 5 de este artículo señala, además, que cada cuatro años se producirá la renovación de los miembros que componen el Consejo.
Por su parte, el artículo 7 de la misma norma contempla la composición de la Comisión Permanente y prevé que los miembros de la misma serán designados por el Consejo de
Gobierno, a propuesta de las consejerías con competencias en materia de educación y empleo
en el caso de los representantes de la administración, y a propuesta de las respectivas organizaciones, en el caso de los representantes de las organizaciones empresariales y sindicales.
En el marco normativo anterior, procede ahora la renovación de los vocales que integran el Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid, tanto titulares como
suplentes, así como de los vocales que conforman la Comisión Permanente.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 4 y 7 del Decreto 35/2001,
de 8 de marzo, por el que se crea y regula el Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid, a iniciativa de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y
de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, el Consejo de Gobierno previa deliberación en su
reunión del día 19 de junio de 2024,
ACUERDA

Segundo
Nombrar a los siguientes miembros del Consejo de Formación Profesional:
1. En representación de la Comunidad de Madrid:
1.1. A propuesta de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades:
a. Titular: El titular de la viceconsejería con competencias en materia de universidades, investigación y ciencia.

BOCM-20240620-2

Primero
Cesar a los miembros del Consejo de Formación Profesional y de su Comisión Permanente, nombrados en virtud del Acuerdo de 12 de julio de 2016, del Consejo de Gobierno,
por el que se nombra a miembros del Consejo de Formación Profesional de la Comunidad
de Madrid, del Acuerdo de 24 de mayo de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se
cesa y nombra a determinados miembros del Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid, y del Acuerdo de 30 de octubre de 2018, del Consejo de Gobierno, por
el que se cesa y nombra a determinados miembros del Consejo de Formación Profesional
de la Comunidad de Madrid, con agradecimiento de los servicios prestados.