Fuenlabrada (BOCM-20240619-82)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 270
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 145
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
82
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BDNS 768816
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ).
Primero. Objeto.—El objeto de esta convocatoria es la regulación de la concesión en
régimen de concurrencia no competitiva, de las ayudas económicas que el Ayuntamiento
de Fuenlabrada podrá otorgar, destinadas a la realización de trabajos de pintura en espacios
y elementos exteriores e interiores en inmuebles de Centros Educativos de titularidad municipal para mejorar su estado. Debido a la naturaleza de la actividad subvencionada, se deberá subcontratar a profesionales o empresas del sector que se encarguen de la realización
del proyecto. Los trabajos objeto de subvención podrán realizarse desde el 1 de enero al 31
de diciembre de 2024.
Segundo. Beneficiarios.—Tienen la consideración de beneficiarios: centros educativos de titularidad municipal ubicados en el municipio de Fuenlabrada, concretamente:
— (7) Escuelas Infantiles de titularidad municipal de Fuenlabrada (gestionadas por
cooperativas o sociedades de enseñanza.
— (2) Casas de Niños de titularidad municipal de Fuenlabrada.
— (1) Centro de Educación Permanente de Adultos.
— (2) Centros Públicos de Educación Especial de Fuenlabrada.
— (37) Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria de Fuenlabrada y Centros
Públicos de Educación Infantil, Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.
Tercero. Bases reguladoras.—La Ordenanza Reguladora de Subvenciones del
Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Cuarto. Importe.—El importe asignado a estas ayudas es de 170.522,00 euros en la
partida presupuestaria 6051/326/48900. El importe asignado a cada centro se establece
según el siguiente baremo:
a) Escuelas Infantiles de titularidad Municipal de Fuenlabrada: 1.922,80 euros máximo.
b) Casas de Niños municipales: 1.619,20 euros máximo.
c) Centros de Educación Especial: 3.845,60 euros máximo.
d) Centro Público de Educación permanente de Adultos: 3.845,60 euros máximo.
e) Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria:
3.845,60 euros máximo.
Quinto. Plazo presentación solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes
será de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, preferiblemente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada o a través de las Sedes Electrónicas de las Administraciones Públicas, en el Registro Auxiliar de Entradas de la Concejalía de Educación o en el Registro
General del Ayuntamiento de Fuenlabrada, previa cita, aportando la documentación citada
en el art. 6 de las bases de la Convocatoria.
Sexto. Otros datos.—Se procederá al pago anticipado, una vez concedida la subvención
de forma definitiva. Se deberán justificar los fondos recibidos hasta el 31 de enero de 2025, inclusive.
Fuenlabrada, a 17 de junio de 2024.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala
Ortega.
(03/9.672/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240619-82
Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 14 de junio de 2024 (urg. punto 32.4),
por el que se convocan las subvenciones para el Programa Pintamos la Escuela correspondientes al ejercicio 2024.
Pág. 270
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B.O.C.M. Núm. 145
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FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BDNS 768816
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ).
Primero. Objeto.—El objeto de esta convocatoria es la regulación de la concesión en
régimen de concurrencia no competitiva, de las ayudas económicas que el Ayuntamiento
de Fuenlabrada podrá otorgar, destinadas a la realización de trabajos de pintura en espacios
y elementos exteriores e interiores en inmuebles de Centros Educativos de titularidad municipal para mejorar su estado. Debido a la naturaleza de la actividad subvencionada, se deberá subcontratar a profesionales o empresas del sector que se encarguen de la realización
del proyecto. Los trabajos objeto de subvención podrán realizarse desde el 1 de enero al 31
de diciembre de 2024.
Segundo. Beneficiarios.—Tienen la consideración de beneficiarios: centros educativos de titularidad municipal ubicados en el municipio de Fuenlabrada, concretamente:
— (7) Escuelas Infantiles de titularidad municipal de Fuenlabrada (gestionadas por
cooperativas o sociedades de enseñanza.
— (2) Casas de Niños de titularidad municipal de Fuenlabrada.
— (1) Centro de Educación Permanente de Adultos.
— (2) Centros Públicos de Educación Especial de Fuenlabrada.
— (37) Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria de Fuenlabrada y Centros
Públicos de Educación Infantil, Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.
Tercero. Bases reguladoras.—La Ordenanza Reguladora de Subvenciones del
Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Cuarto. Importe.—El importe asignado a estas ayudas es de 170.522,00 euros en la
partida presupuestaria 6051/326/48900. El importe asignado a cada centro se establece
según el siguiente baremo:
a) Escuelas Infantiles de titularidad Municipal de Fuenlabrada: 1.922,80 euros máximo.
b) Casas de Niños municipales: 1.619,20 euros máximo.
c) Centros de Educación Especial: 3.845,60 euros máximo.
d) Centro Público de Educación permanente de Adultos: 3.845,60 euros máximo.
e) Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria:
3.845,60 euros máximo.
Quinto. Plazo presentación solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes
será de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, preferiblemente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada o a través de las Sedes Electrónicas de las Administraciones Públicas, en el Registro Auxiliar de Entradas de la Concejalía de Educación o en el Registro
General del Ayuntamiento de Fuenlabrada, previa cita, aportando la documentación citada
en el art. 6 de las bases de la Convocatoria.
Sexto. Otros datos.—Se procederá al pago anticipado, una vez concedida la subvención
de forma definitiva. Se deberán justificar los fondos recibidos hasta el 31 de enero de 2025, inclusive.
Fuenlabrada, a 17 de junio de 2024.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala
Ortega.
(03/9.672/24)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240619-82
Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 14 de junio de 2024 (urg. punto 32.4),
por el que se convocan las subvenciones para el Programa Pintamos la Escuela correspondientes al ejercicio 2024.