Alcorcón (BOCM-20240619-65)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 250
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 145
BOCM-20240619-65
y la gestión de la demanda, el autoconsumo, el almacenamiento y el desarrollo de proyectos de energías renovables, por lo que estas subvenciones también van dirigidas a aquellas
entidades jurídicas, que fomenten la participación en el sector energético de actores no participantes en el mismo tradicionalmente (personas físicas y pymes locales).
Las actuaciones subvencionables deben cumplir los siguientes requisitos:
1. Las actuaciones subvencionables deberán estar ejecutadas y con certificado de finalización de obra durante el período del 1 de agosto de 2023 al 31 de julio de 2024.
2. Los edificios e instalaciones fotovoltaicas existentes objeto de las actuaciones
subvencionables deben estar ubicados en el término municipal de Alcorcón.
Tercero. Convocatoria.—La presente convocatoria se ha aprobado por propuesta de
fecha 24 de mayo de 2024 de la concejala-delegada de Transición Ecológica, Movilidad,
Educación y Medio Ambiente, en virtud al Acuerdo n.o 7/256 adoptado en Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 4 de junio de 2024.
El texto completo de la convocatoria puede consultarse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento ubicado en el edificio municipal sito en la plaza Reyes de España, s/n, y en la página
web municipal ( www.gecorweb.com/alcorcon/Sostenibilidad-Movilidad-Renovables ).
Cuarto. Cuantía.—Para el cálculo de las subvenciones objeto de esta convocatoria,
se procederá a determinar en primer lugar el presupuesto protegible, que será el resultante
de la revisión, por parte de los servicios técnicos del órgano gestor, de la documentación
aportada por los solicitantes y justificativa de los conceptos relacionados como gastos subvencionables recogidos en la cláusula vigésima de las bases de la convocatoria.
Una vez obtenido el importe anterior, se aplicarán los porcentajes de subvención correspondientes. Se establecen, además, unos límites de cuantía máxima de subvención en
función de la potencia de la instalación solar fotovoltaica que se recogen en el Anexo 1 de
las bases de la convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes será durante los veinte días hábiles siguientes al de la publicación de la presente
convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Alcorcón, a 6 de junio de 2024.—La concejala-delegada de Transición Ecológica,
Movilidad, Educación y Medio Ambiente, Trinidad Castillo Yepes.
(03/9.363/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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MIÉRCOLES 19 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 145
BOCM-20240619-65
y la gestión de la demanda, el autoconsumo, el almacenamiento y el desarrollo de proyectos de energías renovables, por lo que estas subvenciones también van dirigidas a aquellas
entidades jurídicas, que fomenten la participación en el sector energético de actores no participantes en el mismo tradicionalmente (personas físicas y pymes locales).
Las actuaciones subvencionables deben cumplir los siguientes requisitos:
1. Las actuaciones subvencionables deberán estar ejecutadas y con certificado de finalización de obra durante el período del 1 de agosto de 2023 al 31 de julio de 2024.
2. Los edificios e instalaciones fotovoltaicas existentes objeto de las actuaciones
subvencionables deben estar ubicados en el término municipal de Alcorcón.
Tercero. Convocatoria.—La presente convocatoria se ha aprobado por propuesta de
fecha 24 de mayo de 2024 de la concejala-delegada de Transición Ecológica, Movilidad,
Educación y Medio Ambiente, en virtud al Acuerdo n.o 7/256 adoptado en Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 4 de junio de 2024.
El texto completo de la convocatoria puede consultarse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento ubicado en el edificio municipal sito en la plaza Reyes de España, s/n, y en la página
web municipal ( www.gecorweb.com/alcorcon/Sostenibilidad-Movilidad-Renovables ).
Cuarto. Cuantía.—Para el cálculo de las subvenciones objeto de esta convocatoria,
se procederá a determinar en primer lugar el presupuesto protegible, que será el resultante
de la revisión, por parte de los servicios técnicos del órgano gestor, de la documentación
aportada por los solicitantes y justificativa de los conceptos relacionados como gastos subvencionables recogidos en la cláusula vigésima de las bases de la convocatoria.
Una vez obtenido el importe anterior, se aplicarán los porcentajes de subvención correspondientes. Se establecen, además, unos límites de cuantía máxima de subvención en
función de la potencia de la instalación solar fotovoltaica que se recogen en el Anexo 1 de
las bases de la convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes será durante los veinte días hábiles siguientes al de la publicación de la presente
convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Alcorcón, a 6 de junio de 2024.—La concejala-delegada de Transición Ecológica,
Movilidad, Educación y Medio Ambiente, Trinidad Castillo Yepes.
(03/9.363/24)
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ISSN 1989-4791