Fuenlabrada (BOCM-20240619-83)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 145

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE JUNIO DE 2024

Pág. 271

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO

BDNS identif.: 721326
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Primero. Beneficiarios.—Serán destinatarios los estudiantes universitarios beneficiarios definitivos de la Universiayuda, concedida por el Ayuntamiento de Fuenlabrada
a sus familias, que quieran realizar esta prestación y que así lo hubieran indicado en su
solicitud de Universiayuda 2023-2024. La fecha límite de realización de las actividades
de voluntariado BMT será el 31 de octubre de 2024. Los voluntarios realizarán un servicio de 25 horas en actividades gestionadas directamente por la Concejalía de Educación
del Ayuntamiento de Fuenlabrada, por alguna otra Concejalía o por un centro educativo,
estando todas ellas supervisadas por el equipo técnico de la Concejalía de Educación del
Ayuntamiento de Fuenlabrada.
Segundo. Requisitos.—1. Haber indicado en la solicitud de Universiayuda la voluntad de participar en dicho programa y encontrarse dentro de los listados definitivos como
solicitud admitida.
2. Cumplimentar, finalizar y grabar por parte de la/del estudiante universitaria/o una
inscripción mediante el Formulario de Inscripción BMT, dentro del período establecido
para ello.
3. Al finalizar la realización de las horas, por parte de la entidad con la que se hubiera realizado la actividad correspondiente, se emitirá un informe final, Anexo II.
4. Será obligatorio que el beneficiario/a de dicha ayuda esté al corriente de pago con
OTAF-Ayuntamiento de Fuenlabrada durante todo el proceso y hasta la resolución definitiva de esta convocatoria, entendiendo por dicha resolución definitiva la aprobación en la
Junta de Gobierno Local del listado de personas beneficiarias definitivas del Bono BMT.
Tercero. Importe.—El Ayuntamiento de Fuenlabrada destinará para ello una aportación económica total de 108.600 euros, en el ejercicio 2024, con cargo a la aplicación
presupuestaria de gasto 6051-326-48911. El complemento de 200 euros del Bono BMTUniversiayuda, se ingresará una vez finalizado el voluntariado y tras la aprobación en la
Junta de Gobierno Local, siempre y cuando el beneficiario/a cumpla con todos los requisitos necesarios.
Cuarto. Bases reguladoras.—La Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Quinto. Plazo de solicitud.—El plazo de presentación de la inscripción será de una
semana natural, cinco días hábiles, iniciada al día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM).
Sexto. Justificación.—Será obligatoria la entrega por Registro Municipal del Anexo II,
debidamente cumplimentado, firmado y dirigido al personal técnico de la concejalía de
Educación al cargo de este programa, por parte de la persona autorizada de la entidad colaboradora en la que se efectuó la actividad. Se realizará dicho trámite a través del Registro
Municipal (presencial o telemáticamente), hasta el 6 de noviembre de 2024, inclusive. El
incumplimiento de este trámite implicará la no inclusión en el listado de personas beneficiarias del Bono BMT.
Fuenlabrada, a 17 de junio de 2024.—El alcalde-presidente, Francisco Javier
Ayala Ortega.
(03/9.687/24)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20240619-83

Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 14 de junio de 2024, punto 32.3
(urgencia), por la que se aprueban las normas reguladoras del Banco Municipal de Tiempo.
Curso 2023-2024.