Loeches (BOCM-20240619-101)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 145
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE JUNIO DE 2024
Pág. 309
35. La Policía en general. Su función en la sociedad. Deontología policial. Códigos
internacionales sobre conducta policial. Principios básicos de actuación policial. Especial
referencia al uso del arma de fuego por la Policía.
36. Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre drogodependencias y otros trastornos adictivos.
37. Ley 1/1997, de 8 de enero, Reguladora de la Venta Ambulante de la Comunidad de
Madrid. La Ordenanza Reguladora del Mercadillo Ambulante del Ayuntamiento de Loeches.
38. La Policía Local y la aplicación de las ordenanzas municipales. Bandos de Alcaldía. Ordenanzas y Reglamentos vigentes en el Ayuntamiento de Loeches. La Ordenanza General de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Loeches. Ordenanza de Policía y
Buen Gobierno. Ordenanza de Honores y Distinciones Ordenanza de Bienestar Animal.
39. Ordenanzas y Reglamentos vigentes en el Ayuntamiento de Loeches. Ordenanza Reguladora de la Tarjeta de Estacionamiento de Vehículos Automóviles para Personas
con Discapacidad. Ordenanza Reguladora de la Tasa por Ocupación de Terrenos de uso público local con mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa.
40. El municipio de Loeches: principales calles, plazas, parques, edificios públicos,
monumentos, así como principales vías de acceso al término municipal. Rasgos más destacados de su historia, geografía y cultura.
ANEXO III
CUADRO DE EXCLUSIONES CON RELACIÓN A LA APTITUD PSICOFÍSICA
PARA EL INGRESO EN LA POLICÍA LOCAL
1. Relación peso-talla
El peso máximo admitido se deduce de la fórmula: P = (T − 100) + 20.
El peso mínimo admitido se deduce de la fórmula: P = (T − 100) − 20.
P = Peso expresado en kilogramos. T = Talla expresada en centímetros.
2. Exclusiones circunstanciales
Enfermedad o lesiones agudas de solución médica o quirúrgica, activas en el momento del reconocimiento, que potencialmente puedan producir secuelas capaces de dificultar,
limitar o impedir el desarrollo de las funciones exigidas para el puesto solicitado.
En tales casos, el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas, con las asesorías necesarias, podrá fijar un nuevo plazo para la comprobación del estado del aspirante, al final
del cual la asesoría médica certificará si persiste la situación, si han quedado secuelas o han
desaparecido los motivos de exclusión circunstanciales.
3. Exclusiones definitivas de carácter general
Defectos físicos congénitos o adquiridos, de cualquier tipo y localización, que menoscaben o dificulten la función pública y las realizaciones específicas del puesto a que opta,
o que puedan agravarse con el desempeño del mismo.
Enfermedades agudas o crónicas de cualquier aparato o sistema con posible repercusión sobre las realizaciones específicas del puesto a que opta, o que puedan agravarse con
el desempeño del mismo, incluyéndose como alteraciones del sistema nervioso, las siguientes: Epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías
y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.
Ojo y visión:
Agudeza visual espontánea remota inferior a 2/3 en ambos ojos con o sin corrección,
según la escala de Wecker. Para la realización de esta prueba, los aspirantes podrán utilizar
gafas o lentillas.
Hemianopsias.
Discromatopsias que imposibiliten para el desempeño de la labor policial.
Desprendimiento de retina.
Estrabismo.
BOCM-20240619-101
4. Exclusiones definitivas de carácter específico
B.O.C.M. Núm. 145
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE JUNIO DE 2024
Pág. 309
35. La Policía en general. Su función en la sociedad. Deontología policial. Códigos
internacionales sobre conducta policial. Principios básicos de actuación policial. Especial
referencia al uso del arma de fuego por la Policía.
36. Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre drogodependencias y otros trastornos adictivos.
37. Ley 1/1997, de 8 de enero, Reguladora de la Venta Ambulante de la Comunidad de
Madrid. La Ordenanza Reguladora del Mercadillo Ambulante del Ayuntamiento de Loeches.
38. La Policía Local y la aplicación de las ordenanzas municipales. Bandos de Alcaldía. Ordenanzas y Reglamentos vigentes en el Ayuntamiento de Loeches. La Ordenanza General de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Loeches. Ordenanza de Policía y
Buen Gobierno. Ordenanza de Honores y Distinciones Ordenanza de Bienestar Animal.
39. Ordenanzas y Reglamentos vigentes en el Ayuntamiento de Loeches. Ordenanza Reguladora de la Tarjeta de Estacionamiento de Vehículos Automóviles para Personas
con Discapacidad. Ordenanza Reguladora de la Tasa por Ocupación de Terrenos de uso público local con mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa.
40. El municipio de Loeches: principales calles, plazas, parques, edificios públicos,
monumentos, así como principales vías de acceso al término municipal. Rasgos más destacados de su historia, geografía y cultura.
ANEXO III
CUADRO DE EXCLUSIONES CON RELACIÓN A LA APTITUD PSICOFÍSICA
PARA EL INGRESO EN LA POLICÍA LOCAL
1. Relación peso-talla
El peso máximo admitido se deduce de la fórmula: P = (T − 100) + 20.
El peso mínimo admitido se deduce de la fórmula: P = (T − 100) − 20.
P = Peso expresado en kilogramos. T = Talla expresada en centímetros.
2. Exclusiones circunstanciales
Enfermedad o lesiones agudas de solución médica o quirúrgica, activas en el momento del reconocimiento, que potencialmente puedan producir secuelas capaces de dificultar,
limitar o impedir el desarrollo de las funciones exigidas para el puesto solicitado.
En tales casos, el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas, con las asesorías necesarias, podrá fijar un nuevo plazo para la comprobación del estado del aspirante, al final
del cual la asesoría médica certificará si persiste la situación, si han quedado secuelas o han
desaparecido los motivos de exclusión circunstanciales.
3. Exclusiones definitivas de carácter general
Defectos físicos congénitos o adquiridos, de cualquier tipo y localización, que menoscaben o dificulten la función pública y las realizaciones específicas del puesto a que opta,
o que puedan agravarse con el desempeño del mismo.
Enfermedades agudas o crónicas de cualquier aparato o sistema con posible repercusión sobre las realizaciones específicas del puesto a que opta, o que puedan agravarse con
el desempeño del mismo, incluyéndose como alteraciones del sistema nervioso, las siguientes: Epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías
y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.
Ojo y visión:
Agudeza visual espontánea remota inferior a 2/3 en ambos ojos con o sin corrección,
según la escala de Wecker. Para la realización de esta prueba, los aspirantes podrán utilizar
gafas o lentillas.
Hemianopsias.
Discromatopsias que imposibiliten para el desempeño de la labor policial.
Desprendimiento de retina.
Estrabismo.
BOCM-20240619-101
4. Exclusiones definitivas de carácter específico