D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240619-40)
Convenio – Adenda de 29 de mayo de 2024, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Alfonso X el Sabio, para la enseñanza clínica práctica en el grado de Medicina
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BOCM
Pág. 138
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 145
obrar para el cumplimiento de sus fines, teniendo entre sus funciones la gestión de los centros, servicios y establecimientos sanitarios adscritos al mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su régimen jurídico y de funcionamiento.
Tercero
Que la Universidad Alfonso X el Sabio (en lo sucesivo la Universidad), es una universidad privada reconocida legalmente por Ley 9/1993, de 19 de abril, teniendo entre sus objetivos esenciales la ampliación del conocimiento a través de la investigación, y siendo uno
de sus fines la difusión, la valoración y la transferencia del conocimiento para ponerlo al
servicio de la ciencia, la técnica, la cultura, la calidad de vida y el desarrollo económico.
Asimismo, la Universidad, actuando en virtud de la autonomía universitaria reconocida en el artículo 3.2.q) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, podrá establecer relaciones con otras entidades para desarrollar algunas de las funciones que le son propias.
Cuarto
Que el interés mutuo que tienen la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Alfonso X el Sabio en contribuir a la
formación de profesionales de la salud del grado de Medicina y a la difusión del conocimiento, llevó a la suscripción, el 20 de junio de 2022, de un convenio de colaboración entre ambos.
Quinto
Que la cláusula Duodécima del convenio estableció una vigencia de un año, prorrogable por otro mediante acuerdo escrito de las partes, considerando que en ese período habría
concluido la tramitación de un nuevo convenio donde se incluyen todos los estudios de carácter sanitario que imparte la universidad.
Sexto
Que, mediante adenda de 29 de septiembre de 2023, el convenio ha sido prorrogado
hasta el 20 de junio de 2024.
Séptimo
Que, al no haber finalizado la tramitación del convenio único, es necesario modificar
la citada cláusula en el sentido de permitir nuevas prórrogas que permitan su continuidad,
para no dejar a las partes implicadas, y en particular a los estudiantes, sin la adecuada cobertura legal.
Octavo
Que, de acuerdo con la precitada cláusula Duodécima, la modificación del convenio
requerirá el acuerdo unánime de las partes firmantes del mismo.
Considerando lo anteriormente expuesto, y que la colaboración establecida ha dado un
resultado altamente satisfactorio para las partes, éstas acuerdan suscribir la presente adenda de acuerdo con la siguiente
CLÁUSULA
Única
Se modifica el apartado 2 de la cláusula duodécima del convenio suscrito el 20 de junio de 2022 entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Alfonso X el Sabio, quedando redactada del siguiente modo:
“2. Podrá prorrogarse en las mismas condiciones por años sucesivos por un plazo
máximo de cuatro años adicionales, mediante acuerdo escrito de las partes, salvo que medie denuncia expresa de alguna de las partes, formulada con una antelación mínima de tres
meses a la fecha en que desee darse por finalizado el convenio”.
BOCM-20240619-40
Modificación del apartado 2 de la cláusula duodécima
Pág. 138
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 145
obrar para el cumplimiento de sus fines, teniendo entre sus funciones la gestión de los centros, servicios y establecimientos sanitarios adscritos al mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su régimen jurídico y de funcionamiento.
Tercero
Que la Universidad Alfonso X el Sabio (en lo sucesivo la Universidad), es una universidad privada reconocida legalmente por Ley 9/1993, de 19 de abril, teniendo entre sus objetivos esenciales la ampliación del conocimiento a través de la investigación, y siendo uno
de sus fines la difusión, la valoración y la transferencia del conocimiento para ponerlo al
servicio de la ciencia, la técnica, la cultura, la calidad de vida y el desarrollo económico.
Asimismo, la Universidad, actuando en virtud de la autonomía universitaria reconocida en el artículo 3.2.q) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, podrá establecer relaciones con otras entidades para desarrollar algunas de las funciones que le son propias.
Cuarto
Que el interés mutuo que tienen la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Alfonso X el Sabio en contribuir a la
formación de profesionales de la salud del grado de Medicina y a la difusión del conocimiento, llevó a la suscripción, el 20 de junio de 2022, de un convenio de colaboración entre ambos.
Quinto
Que la cláusula Duodécima del convenio estableció una vigencia de un año, prorrogable por otro mediante acuerdo escrito de las partes, considerando que en ese período habría
concluido la tramitación de un nuevo convenio donde se incluyen todos los estudios de carácter sanitario que imparte la universidad.
Sexto
Que, mediante adenda de 29 de septiembre de 2023, el convenio ha sido prorrogado
hasta el 20 de junio de 2024.
Séptimo
Que, al no haber finalizado la tramitación del convenio único, es necesario modificar
la citada cláusula en el sentido de permitir nuevas prórrogas que permitan su continuidad,
para no dejar a las partes implicadas, y en particular a los estudiantes, sin la adecuada cobertura legal.
Octavo
Que, de acuerdo con la precitada cláusula Duodécima, la modificación del convenio
requerirá el acuerdo unánime de las partes firmantes del mismo.
Considerando lo anteriormente expuesto, y que la colaboración establecida ha dado un
resultado altamente satisfactorio para las partes, éstas acuerdan suscribir la presente adenda de acuerdo con la siguiente
CLÁUSULA
Única
Se modifica el apartado 2 de la cláusula duodécima del convenio suscrito el 20 de junio de 2022 entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Alfonso X el Sabio, quedando redactada del siguiente modo:
“2. Podrá prorrogarse en las mismas condiciones por años sucesivos por un plazo
máximo de cuatro años adicionales, mediante acuerdo escrito de las partes, salvo que medie denuncia expresa de alguna de las partes, formulada con una antelación mínima de tres
meses a la fecha en que desee darse por finalizado el convenio”.
BOCM-20240619-40
Modificación del apartado 2 de la cláusula duodécima