Torrelodones (BOCM-20240618-74)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 144

tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta. El tiempo máximo para la
realización de este ejercicio será de sesenta minutos. El tribunal podrá incluir preguntas de reserva cuyas respuestas se tendrán en cuenta en el caso de anulación de
alguna pregunta del ejercicio.
b) El segundo será de carácter práctico y consistirá en la resolución de tres pruebas
prácticas en las que se demostrará el conocimiento práctico de los temas establecidos en el Anexo I de estas bases. El tiempo de realización de este ejercicio estará entre sesenta y ciento veinte minutos, a criterio del Tribunal.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superar el examen.
5.2. Fase de concurso:
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los siguientes méritos, contados a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes:
a) Experiencia profesional:
— Por cada año de servicios prestados en un puesto de trabajo igual o similar: 1
punto por año, hasta un máximo de 4 puntos.
b) Formación:
— Título de Técnico Superior en la familia de Comunicación Imagen y Sonido
(FP) Grado Superior (LOE)/Técnico Especialista en la familia de Imagen y
Sonido (FP II) (LOGSE): 2 puntos por cada titulación, hasta un máximo de 4
puntos.
— Otra formación relacionada directamente con las funciones propias del puesto:
0,10 puntos por cada diez horas de curso, hasta un máximo de 2 puntos.
6. Calificación definitiva y lista de aprobados
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por lo establecido en el
punto 8 de las bases generales.
7. Nombramiento en prácticas
7.1. Publicada la relación de aprobados de la fase de oposición se procederá a la contratación de un tramoyista-operador audiovisual con un período de prueba de dos meses.
7.2. Será requisito indispensable la superación de este período con la calificación de
Apto para la contratación fija.
7.3. Al término del período de prueba se evaluará a cada aspirante, en términos de
apto o no apto, la capacidad para el desarrollo del trabajo, la aplicación de los conocimientos teóricos, la adaptación a la estructura organizativa, la iniciativa y la actitud hacia el
servicio público.
Los órganos correspondientes de la Administración declararán mediante resolución
motivada, la pérdida de todos los derechos a la contratación fija los aspirantes que resulten
declarados no apto.
7.4. En el caso de no superar el período de prueba, se procederá a la contratación
del siguiente candidato/a que haya superado el proceso selectivo en función de la mayor
puntuación.
7.5. Cuando un aspirante que hubiera superado las pruebas selectivas, hubiera prestado servicios en una plaza igual a la que accede en el Ayuntamiento de Torrelodones por
un período mínimo de seis meses, no procederá la realización del período de prueba.

TEMARIO
1.
2.
3.
4.
5.

La Constitución española de 1978.
El municipio. El término municipal. La población.
Organización y funcionamiento municipal.
El procedimiento administrativo. Nociones generales.
Espacio escénico, edificio teatral, tipos características y partes que lo componen.

BOCM-20240618-74

ANEXO I