C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240617-32)
Concesión ayudas –  Orden 1029/2024, de 30 de mayo, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se declaran desistidas las solicitudes que se relacionan en el anexo, presentadas al amparo de la Orden 2324/2023, de 27 de diciembre, por la que se establece la convocatoria de ayudas a empresas privadas para el realizar proyectos de teatro y danza en 2024
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 143

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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ORDEN 1029/2024, de 30 de mayo, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se declaran desistidas las solicitudes que se relacionan en el anexo,
presentadas al amparo de la Orden 2324/2023, de 27 de diciembre, por la que
se establece la convocatoria de ayudas a empresas privadas para el realizar proyectos de teatro y danza en 2024.

“Por Orden 1423/2016, de 18 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, modificada mediante la Orden 1032/2021, de 7 de septiembre, de la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se establecen las bases reguladoras de las ayudas a empresas privadas para la realización de actividades de teatro y danza. El objetivo de
estas bases reguladoras es la producción y estreno de una obra teatral y la producción y estreno de una obra coreográfica.
Mediante la Orden 2324/2023, de 27 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se realizó la convocatoria de ayudas a empresas privadas para realizar actividades de teatro y danza en 2024.
Posteriormente, terminado el plazo para la presentación de las solicitudes, se efectuó
requerimiento de subsanación a aquellos interesados cuya solicitud era incompleta o defectuosa para que en el plazo de 10 días hábiles procediesen a la subsanación con la advertencia de que, si así no lo hiciesen, se les tendría por desistidos de su solicitud. Todo ello en
virtud del dispongo octavo.1 de la Orden 2324/2023, de 27 de diciembre, y del artículo 68
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, de acuerdo con el dispongo quinto.1 de la Orden 2324/2023, de 27 de diciembre, los solicitantes de las ayudas a empresas privadas para realizar proyectos de teatro y danza quedan obligados a estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la
Comunidad de Madrid. En estos casos, el artículo 43.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, establece que la notificación se entenderá rechazada cuando hayan transcurrido 10 días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
Finalizado el plazo concedido a efectos de subsanación y en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 41 de la 986/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y artículo 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO

Segundo
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrán los interesados interponer recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que
la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del
día siguiente a su publicación. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.
Tercero
Esta Orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

BOCM-20240617-32

Primero
Declarar desistidos de su solicitud, al amparo de la Orden 2324/2023, de 27 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan las ayudas a
empresas privadas para realizar proyectos de teatro y danza en 2024, a los interesados que
se relacionan en el Anexo por no haber atendido el requerimiento de subsanación.