D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240615-9)
Convenio – Convenio de 31 de mayo de 2024, de cooperación educativa, entre la Universidad Pontificia Comillas y la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales para la realización de prácticas externas de estudiantes en centros y servicios dependientes de la Consejería
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 142
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE JUNIO DE 2024
Pág. 89
berán entregar en el momento de su incorporación al centro o servicio de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales donde realizarán las prácticas, una certificación negativa
del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, en aplicación de
lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia y en el artículo 8.4 de la Ley 45/2015,
de 14 de octubre, de Voluntariado.
Una vez que se aporte la citada certificación negativa, su contenido se presumirá vigente hasta que cualquiera de las partes firmantes tenga conocimiento de que algún alumno en prácticas, que en ejecución de este convenio realice actividades que impliquen contacto habitual con menores, ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra
la libertad e indemnidad sexual o surjan indicios fidedignos de que ha recaído sentencia
condenatoria firme por tales delitos. En ambos casos, la parte conocedora de estos hechos,
en el plazo máximo de un día, deberá solicitar por escrito al alumno, un nuevo certificado
del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos con el fin de
actualizar el hasta ahora vigente. Este nuevo certificado deberá entregarlo el alumno de la
Universidad Pontificia Comillas al centro o servicio de la Consejería de Familia, Juventud
y Asuntos Sociales donde realice las prácticas, en el plazo máximo de un día desde la fecha
en que se haya obtenido el certificado.
Los alumnos en prácticas que, en ejecución del presente convenio vayan a ejercer actividades que impliquen contacto habitual con menores, estarán obligados a comunicar inmediatamente al centro o servicio de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales donde realizarán las prácticas, que han sido condenados por sentencia firme por algún
delito contra la libertad e indemnidad sexual, cuando esta sentencia se dicte con posterioridad a la aportación de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos. En estos casos, la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales se compromete a comunicar por escrito, con carácter inmediato, dicha circunstancia a la Universidad Pontificia Comillas. Asimismo, supondrá la suspensión inmediata del período de prácticas del alumno.
La Universidad Pontificia Comillas adoptará, con carácter inmediato, las medidas
oportunas para apartar a todo aquel alumno en prácticas que, en desarrollo de las actividades del Anexo correspondiente y estando en contacto habitual con menores de edad, sea
condenado por sentencia firme por un delito contra la libertad e indemnidad sexual o surjan indicios fidedignos de que existe dicha sentencia firme.
El incumplimiento por parte del alumno de las obligaciones recogidas en esta cláusula, supondrá la suspensión inmediata del período de prácticas.
Décima
Obligaciones económicas
Este convenio no conlleva coste económico para ninguna de las partes firmantes del
mismo, sin perjuicio de lo previsto en el siguiente párrafo.
La Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales tendrá la obligación de comunicar por escrito y con carácter inmediato, las incidencias que se produzcan en el desarrollo de las prácticas académicas externas curriculares con repercusión en la gestión de las
obligaciones de la Seguridad Social. Asimismo, la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales comunicará a la Universidad Pontificia Comillas los días reales de prácticas
realizados por cada estudiante durante el mes anterior, preferentemente en los 5 primeros
días hábiles de cada mes. El incumplimiento de este compromiso, tendrá la consideración
de grave, conforme a lo establecido en la cláusula decimotercera. Causas de resolución del
convenio.
BOCM-20240615-9
Corresponderá a la Universidad Pontificia Comillas el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social previstas para las prácticas formativas no remuneradas en la letra b) del apartado 4 de la Disposición Adicional Quincuagésima Segunda del vigente texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, asumiendo la condición de empresaria a los efectos
en materia de Seguridad Social.
B.O.C.M. Núm. 142
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE JUNIO DE 2024
Pág. 89
berán entregar en el momento de su incorporación al centro o servicio de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales donde realizarán las prácticas, una certificación negativa
del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, en aplicación de
lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia y en el artículo 8.4 de la Ley 45/2015,
de 14 de octubre, de Voluntariado.
Una vez que se aporte la citada certificación negativa, su contenido se presumirá vigente hasta que cualquiera de las partes firmantes tenga conocimiento de que algún alumno en prácticas, que en ejecución de este convenio realice actividades que impliquen contacto habitual con menores, ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra
la libertad e indemnidad sexual o surjan indicios fidedignos de que ha recaído sentencia
condenatoria firme por tales delitos. En ambos casos, la parte conocedora de estos hechos,
en el plazo máximo de un día, deberá solicitar por escrito al alumno, un nuevo certificado
del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos con el fin de
actualizar el hasta ahora vigente. Este nuevo certificado deberá entregarlo el alumno de la
Universidad Pontificia Comillas al centro o servicio de la Consejería de Familia, Juventud
y Asuntos Sociales donde realice las prácticas, en el plazo máximo de un día desde la fecha
en que se haya obtenido el certificado.
Los alumnos en prácticas que, en ejecución del presente convenio vayan a ejercer actividades que impliquen contacto habitual con menores, estarán obligados a comunicar inmediatamente al centro o servicio de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales donde realizarán las prácticas, que han sido condenados por sentencia firme por algún
delito contra la libertad e indemnidad sexual, cuando esta sentencia se dicte con posterioridad a la aportación de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos. En estos casos, la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales se compromete a comunicar por escrito, con carácter inmediato, dicha circunstancia a la Universidad Pontificia Comillas. Asimismo, supondrá la suspensión inmediata del período de prácticas del alumno.
La Universidad Pontificia Comillas adoptará, con carácter inmediato, las medidas
oportunas para apartar a todo aquel alumno en prácticas que, en desarrollo de las actividades del Anexo correspondiente y estando en contacto habitual con menores de edad, sea
condenado por sentencia firme por un delito contra la libertad e indemnidad sexual o surjan indicios fidedignos de que existe dicha sentencia firme.
El incumplimiento por parte del alumno de las obligaciones recogidas en esta cláusula, supondrá la suspensión inmediata del período de prácticas.
Décima
Obligaciones económicas
Este convenio no conlleva coste económico para ninguna de las partes firmantes del
mismo, sin perjuicio de lo previsto en el siguiente párrafo.
La Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales tendrá la obligación de comunicar por escrito y con carácter inmediato, las incidencias que se produzcan en el desarrollo de las prácticas académicas externas curriculares con repercusión en la gestión de las
obligaciones de la Seguridad Social. Asimismo, la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales comunicará a la Universidad Pontificia Comillas los días reales de prácticas
realizados por cada estudiante durante el mes anterior, preferentemente en los 5 primeros
días hábiles de cada mes. El incumplimiento de este compromiso, tendrá la consideración
de grave, conforme a lo establecido en la cláusula decimotercera. Causas de resolución del
convenio.
BOCM-20240615-9
Corresponderá a la Universidad Pontificia Comillas el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social previstas para las prácticas formativas no remuneradas en la letra b) del apartado 4 de la Disposición Adicional Quincuagésima Segunda del vigente texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, asumiendo la condición de empresaria a los efectos
en materia de Seguridad Social.