D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL - O. A. Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor (BOCM-20240615-4)
Convenio – Adenda de 30 de mayo de 2024, al convenio de colaboración entre la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor y la Asociación para la Gestión de la Integración Social (GINSO), por la que se prorroga su vigencia para el período comprendido entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025 y se determina el número de plazas reservadas en el Centro de Ejecución de Medidas Judiciales “Teresa de Calcuta”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 142
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE JUNIO DE 2024
Pág. 23
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
O. A. AGENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
PARA LA REEDUCACIÓN Y REINSERCIÓN DEL MENOR INFRACTOR
4
ADENDA de 30 de mayo de 2024, al convenio de colaboración entre la Agencia
de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor y la Asociación para la Gestión de la Integración Social (GINSO), por
la que se prorroga su vigencia para el período comprendido entre el 1 de julio
de 2024 y el 30 de junio de 2025 y se determina el número de plazas reservadas
en el Centro de Ejecución de Medidas Judiciales “Teresa de Calcuta”.
De una parte, el Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local y Presidente del Consejo de Administración de la
Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, que actúa en ejercicio de su cargo, en virtud de las atribuciones conferidas por los
artículos 5 y 7.a) de la Ley 3/2004, de 10 de diciembre, de creación de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, Organismo
Autónomo adscrito a la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de la
Comunidad de Madrid, con domicilio social en Madrid, código postal 28037, calle Albasanz, número 2, y de conformidad con lo acordado por el Consejo de Administración de la
citada Agencia en su sesión de 29 de diciembre de 2004.
De otra, D. Alfredo Santos García, en nombre y representación de la Asociación para
la Gestión de la Integración Social (GINSO), con CIF G-83034793, inscrita en el Registro
de Asociaciones del Ministerio del Interior con el número 168142, de la sección 1.a, y fecha de constitución el 20 de junio de 2001, con domicilio social en Madrid, calle Cea Bermúdez, número 66-3.o C.
I. Que la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del
menor infractor (en adelante, La Agencia) es un Organismo Autónomo de carácter administrativo cuyo fin es la ejecución de las medidas adoptadas por los órganos judiciales en
aplicación de la legislación sobre responsabilidad penal de los menores.
El objetivo básico de La Agencia es desarrollar y ejecutar programas y actuaciones que
contribuyan a la reinserción y educación derivados de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de
enero, de Responsabilidad Penal de los Menores y de su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio.
II. Que el objetivo básico de la Asociación para la Gestión de la Integración Social
(en adelante, GINSO) es desarrollar programas y actuaciones que contribuyan a la reinserción y educación de jóvenes a tenor de lo establecido en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de
enero, de Responsabilidad Penal de los Menores y de su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio. GINSO es una entidad sin ánimo de
lucro, con amplia experiencia y dedicación en materia de atención y ayuda a jóvenes en ejecución de medidas judiciales.
III. Que con fecha 3 de marzo de 2006, se firmó, por el Presidente del Consejo de
Administración de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, y el representante legal de la Asociación para la Gestión de la Integración Social (GINSO), un convenio de colaboración con objeto de establecer las condiciones y requisitos a que se ajustará la colaboración entre La Agencia y GINSO para la
atención de menores y jóvenes a los que los Jueces de Menores hayan establecido medidas
de internamiento en régimen cerrado, previstas en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero,
de Responsabilidad Penal de los Menores, de conformidad con lo previsto en el Anexo II
BOCM-20240615-4
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SÁBADO 15 DE JUNIO DE 2024
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O. A. AGENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
PARA LA REEDUCACIÓN Y REINSERCIÓN DEL MENOR INFRACTOR
4
ADENDA de 30 de mayo de 2024, al convenio de colaboración entre la Agencia
de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor y la Asociación para la Gestión de la Integración Social (GINSO), por
la que se prorroga su vigencia para el período comprendido entre el 1 de julio
de 2024 y el 30 de junio de 2025 y se determina el número de plazas reservadas
en el Centro de Ejecución de Medidas Judiciales “Teresa de Calcuta”.
De una parte, el Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local y Presidente del Consejo de Administración de la
Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, que actúa en ejercicio de su cargo, en virtud de las atribuciones conferidas por los
artículos 5 y 7.a) de la Ley 3/2004, de 10 de diciembre, de creación de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, Organismo
Autónomo adscrito a la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de la
Comunidad de Madrid, con domicilio social en Madrid, código postal 28037, calle Albasanz, número 2, y de conformidad con lo acordado por el Consejo de Administración de la
citada Agencia en su sesión de 29 de diciembre de 2004.
De otra, D. Alfredo Santos García, en nombre y representación de la Asociación para
la Gestión de la Integración Social (GINSO), con CIF G-83034793, inscrita en el Registro
de Asociaciones del Ministerio del Interior con el número 168142, de la sección 1.a, y fecha de constitución el 20 de junio de 2001, con domicilio social en Madrid, calle Cea Bermúdez, número 66-3.o C.
I. Que la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del
menor infractor (en adelante, La Agencia) es un Organismo Autónomo de carácter administrativo cuyo fin es la ejecución de las medidas adoptadas por los órganos judiciales en
aplicación de la legislación sobre responsabilidad penal de los menores.
El objetivo básico de La Agencia es desarrollar y ejecutar programas y actuaciones que
contribuyan a la reinserción y educación derivados de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de
enero, de Responsabilidad Penal de los Menores y de su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio.
II. Que el objetivo básico de la Asociación para la Gestión de la Integración Social
(en adelante, GINSO) es desarrollar programas y actuaciones que contribuyan a la reinserción y educación de jóvenes a tenor de lo establecido en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de
enero, de Responsabilidad Penal de los Menores y de su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio. GINSO es una entidad sin ánimo de
lucro, con amplia experiencia y dedicación en materia de atención y ayuda a jóvenes en ejecución de medidas judiciales.
III. Que con fecha 3 de marzo de 2006, se firmó, por el Presidente del Consejo de
Administración de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, y el representante legal de la Asociación para la Gestión de la Integración Social (GINSO), un convenio de colaboración con objeto de establecer las condiciones y requisitos a que se ajustará la colaboración entre La Agencia y GINSO para la
atención de menores y jóvenes a los que los Jueces de Menores hayan establecido medidas
de internamiento en régimen cerrado, previstas en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero,
de Responsabilidad Penal de los Menores, de conformidad con lo previsto en el Anexo II
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