Villarejo de Salvanés (BOCM-20240614-79)
Régimen económico. Padrones fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 141
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE JUNIO DE 2024
Pág. 237
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79
VILLAREJO DE SALVANÉS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240614-79
Por resolución de alcaldía número 2024-0864, de 4 de junio de 2024, del Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés, se aprueba el padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de la
tasa sobre recogida de basuras y tratamiento de residuos sólidos no orgánicos correspondiente al año 2024.
Habiéndose aprobado el mencionado padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de
éste, se expondrán al público, de conformidad con el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17
de diciembre, General Tributaria, por un plazo de veinte días a contar desde el siguiente al de
la publicación del presente anuncio, para que pueda ser examinado por los interesados y
formular las alegaciones que estimen oportunas.
Contra el citado padrón podrá interponerse recurso previo de reposición en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública,
previo al contencioso-administrativo, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14.2.c)
del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario de la mencionada tasa de basuras correspondiente al año 2024 en:
Localidad: Villarejo de Salvanés.
Plazo de ingreso en voluntaria: 26 de junio de 2024 a 2 de septiembre de 2024.
Fecha de cargo en cuenta (domiciliados): 2 de septiembre de 2024.
Los contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo presentando el
aviso en las oficinas de las siguientes entidades: Eurocaja Rural, Caixabank y Banco Santander; o a través de la Sede Electrónica https://villarejodesalvanes.sedelectronica.es enlaces de interés, Oficina Virtual Tributaria.
Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago podrán solicitar un duplicado del recibo en el departamento de recaudación (Tlf.: 918 744 002), en horario 09:00h
a 14:00h, de lunes a viernes, o a través de la Sede Electrónica.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2033,
de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento
de apremio.
En Villarejo de Salvanés, a 5 de junio de 2024.—El alcalde-presidente, Jesús Díaz Raboso.
(01/8.905/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240614-79
Por resolución de alcaldía número 2024-0864, de 4 de junio de 2024, del Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés, se aprueba el padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de la
tasa sobre recogida de basuras y tratamiento de residuos sólidos no orgánicos correspondiente al año 2024.
Habiéndose aprobado el mencionado padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de
éste, se expondrán al público, de conformidad con el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17
de diciembre, General Tributaria, por un plazo de veinte días a contar desde el siguiente al de
la publicación del presente anuncio, para que pueda ser examinado por los interesados y
formular las alegaciones que estimen oportunas.
Contra el citado padrón podrá interponerse recurso previo de reposición en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública,
previo al contencioso-administrativo, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14.2.c)
del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario de la mencionada tasa de basuras correspondiente al año 2024 en:
Localidad: Villarejo de Salvanés.
Plazo de ingreso en voluntaria: 26 de junio de 2024 a 2 de septiembre de 2024.
Fecha de cargo en cuenta (domiciliados): 2 de septiembre de 2024.
Los contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo presentando el
aviso en las oficinas de las siguientes entidades: Eurocaja Rural, Caixabank y Banco Santander; o a través de la Sede Electrónica https://villarejodesalvanes.sedelectronica.es enlaces de interés, Oficina Virtual Tributaria.
Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago podrán solicitar un duplicado del recibo en el departamento de recaudación (Tlf.: 918 744 002), en horario 09:00h
a 14:00h, de lunes a viernes, o a través de la Sede Electrónica.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2033,
de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento
de apremio.
En Villarejo de Salvanés, a 5 de junio de 2024.—El alcalde-presidente, Jesús Díaz Raboso.
(01/8.905/24)
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