B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240614-8)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se procede a la ampliación del número de plazas correspondientes a las pruebas selectivas para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid, convocadas por Resolución de 23 de noviembre de 2023
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 141

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se procede a la ampliación del número de plazas correspondientes a las pruebas selectivas para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid, convocadas por
Resolución de 23 de noviembre de 2023.

Por Resolución de 23 de noviembre de 2023 se convocó proceso selectivo de concurso-oposición para acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de gestión de
la Comunidad de Madrid cuya base primera determina que el objeto de la convocatoria es
cubrir 10 plazas.
Por otra parte, mediante Decreto 58/2024, de 12 de junio, del Consejo de Gobierno, se
ha aprobado la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2024, disponiendo en su Anexo I, referente al nuevo ingreso, en el apartado 4, relativo al Personal
funcionario docente de enseñanzas no universitarias, la distribución de 17 plazas para el
Cuerpo de Inspectores de Educación.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del citado Decreto 58/2024 “las plazas de
personal funcionario docente de enseñanzas no universitarias incluidas en el Anexo I del
presente decreto, se podrán acumular a las ofertadas en las convocatorias correspondientes
a ofertas de empleo público de ejercicios anteriores que, a la fecha de entrada en vigor de
este decreto, estén ya publicadas, cualquiera que sea la fase en la que se encuentren”.
En virtud de lo anterior, por parte de la Dirección General de Recursos Humanos, se
considera conveniente la acumulación de las plazas aprobadas en el Decreto 58/2024 a las
ya convocadas mediante la citada Resolución de 23 de noviembre de 2023.
Asimismo, el artículo 9, apartado 3, del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el
que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en
los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y
se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley, establece que “las convocatorias o sus bases, una vez publicadas, solamente podrán ser modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común (actualmente, Ley 39/2015). No obstante, cuando se produzca, únicamente, un incremento en el número de plazas vacantes convocadas, no será preceptiva la apertura de un nuevo plazo de presentación de instancias, salvo que se añadan plazas vacantes de
una especialidad que no hubiera figurado en la convocatoria”.
Por lo expuesto y en virtud de las competencias atribuidas en el en el artículo 21 del
Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, modificado por
el Decreto 28/2024, de 24 de abril, del Consejo de Gobierno, esta Dirección General
RESUELVE

Se incrementan en 17 el número de plazas convocadas mediante Resolución de 23 de
noviembre de 2023 correspondientes al cuerpo de inspectores de educación en el ámbito de
gestión de la Comunidad de Madrid, siendo 27 el número total de plazas convocadas.
De las 27 plazas, 25 son de acceso libre y 2 se reservan para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33
por 100, todo ello de conformidad con la normativa vigente relativa al acceso de las personas con discapacidad a la Administración Pública, y siempre que se cumplan los requisitos
que, a tal efecto, se establecen en dicha normativa. Las plazas reservadas para el cupo de discapacidad se acumularán a las de acceso libre en el caso de que no haya aspirantes aprobados por dicho cupo.

BOCM-20240614-8

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