Cenicientos (BOCM-20240613-58)
Régimen económico. Padrón fiscal
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 232
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 140
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58
CENICIENTOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240613-58
Visto que es necesario proceder a la aprobación de los padrones fiscales relativos al
BICE, correspondiente al ejercicio 2024, y a fin proceder a la correspondiente recaudación
de los mismos.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de
conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, resuelvo:
Primero.—Aprobar el padrón fiscal del impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales según el anexo adjunto por un importe total de 1.395,30
Segundo.—Exponer los padrones en el tablón de anuncios y en la página web de este
Ayuntamiento y publicaciones correspondientes.
Último.—Que por parte de los Servicios de Recaudación se practique la notificación
colectiva de las liquidaciones y el anuncio de la cobranza en voluntaria de los tributos anteriores, por los medios habituales, y señaladamente a través de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica
del Ayuntamiento.
Cenicientos, a 28 de mayo de 2024.—El alcalde-presidente, Jerónimo López González.
(01/8.801/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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JUEVES 13 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 140
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58
CENICIENTOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240613-58
Visto que es necesario proceder a la aprobación de los padrones fiscales relativos al
BICE, correspondiente al ejercicio 2024, y a fin proceder a la correspondiente recaudación
de los mismos.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de
conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, resuelvo:
Primero.—Aprobar el padrón fiscal del impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales según el anexo adjunto por un importe total de 1.395,30
Segundo.—Exponer los padrones en el tablón de anuncios y en la página web de este
Ayuntamiento y publicaciones correspondientes.
Último.—Que por parte de los Servicios de Recaudación se practique la notificación
colectiva de las liquidaciones y el anuncio de la cobranza en voluntaria de los tributos anteriores, por los medios habituales, y señaladamente a través de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica
del Ayuntamiento.
Cenicientos, a 28 de mayo de 2024.—El alcalde-presidente, Jerónimo López González.
(01/8.801/24)
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ISSN 1989-4791