A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240613-1)
Oferta de empleo público – Decreto 58/2024, de 12 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 140
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE JUNIO DE 2024
Pág. 15
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA
Plazas adicionales para el adecuado funcionamiento de nuevos servicios
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 20, apartado tres.4 letra f) de la Ley 31/2022,
de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para
el ejercicio 2024, las plazas previstas necesarias para la puesta en marcha y el adecuado funcionamiento de la gestión de las cotizaciones de alumnos en prácticas formativas no remuneradas y de los entes públicos recientemente creados Agencia de Contratación de la Comunidad
de Madrid y Agencia de Ciberseguridad de la Comunidad de Madrid, son las que se incluyen
en el Anexo III del presente decreto.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA
Tasa específica
A fin de dar cumplimiento al objetivo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, de que la
temporalidad en el empleo público no supere el 8 por ciento de las plazas de naturaleza estructural en los distintos ámbitos de cada Administración, y de acuerdo con lo recogido en
el apartado tres.4 del artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el ejercicio 2024, se incorporan en
el Anexo IV de este decreto las plazas incluidas en la tasa específica establecida en el apartado dos.1, letra d) del precitado artículo 20 en los términos estipulados en su apartado
dos.4, correspondientes al Ente Público Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid y al personal funcionario de Administración y Servicios en centros docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Acordado en Madrid, a 12 de junio de 2024.
La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo,
ROCÍO ALBERT LÓPEZ-IBOR
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
BOCM-20240613-1
TÍN
B.O.C.M. Núm. 140
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE JUNIO DE 2024
Pág. 15
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA
Plazas adicionales para el adecuado funcionamiento de nuevos servicios
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 20, apartado tres.4 letra f) de la Ley 31/2022,
de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para
el ejercicio 2024, las plazas previstas necesarias para la puesta en marcha y el adecuado funcionamiento de la gestión de las cotizaciones de alumnos en prácticas formativas no remuneradas y de los entes públicos recientemente creados Agencia de Contratación de la Comunidad
de Madrid y Agencia de Ciberseguridad de la Comunidad de Madrid, son las que se incluyen
en el Anexo III del presente decreto.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA
Tasa específica
A fin de dar cumplimiento al objetivo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, de que la
temporalidad en el empleo público no supere el 8 por ciento de las plazas de naturaleza estructural en los distintos ámbitos de cada Administración, y de acuerdo con lo recogido en
el apartado tres.4 del artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el ejercicio 2024, se incorporan en
el Anexo IV de este decreto las plazas incluidas en la tasa específica establecida en el apartado dos.1, letra d) del precitado artículo 20 en los términos estipulados en su apartado
dos.4, correspondientes al Ente Público Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid y al personal funcionario de Administración y Servicios en centros docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Acordado en Madrid, a 12 de junio de 2024.
La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo,
ROCÍO ALBERT LÓPEZ-IBOR
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
BOCM-20240613-1
TÍN