Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (BOCM-20240613-54)
Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid. Expropiación
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
JUEVES 13 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 140
del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible https://www.transportes.gob.es/elministerio/participacion-publica , a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda presentar, por cualquiera de los sistemas indicados en el artículo 16.4 de la referida Ley, las
alegaciones y/u observaciones que consideren oportunas.
Asimismo, en el referido plazo de treinta días hábiles, y conforme a lo dispuesto en los
artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación de bienes o adquisición de derechos así como a lo establecido en el artículo 56 del Reglamento sobre el acuerdo de declaración de urgente ocupación,
podrán presentarse las alegaciones que se estimen pertinentes en relación con el proyecto
de trazado, para rectificar los posibles errores de la relación de bienes y derechos publicada, u oponerse, por razones de fondo o forma a la necesidad de ocupación. En este caso se
indicarán los motivos por los que debe considerarse preferente la ocupación de otros bienes
o la adquisición de derechos distintos y no comprendidos en la relación, como más convenientes al fin que se persigue.
A continuación se incluye la relación de bienes y derechos afectados en el término municipal de Villarejo de Salvanés.
BOCM-20240613-54
Pág. 218
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 140
del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible https://www.transportes.gob.es/elministerio/participacion-publica , a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda presentar, por cualquiera de los sistemas indicados en el artículo 16.4 de la referida Ley, las
alegaciones y/u observaciones que consideren oportunas.
Asimismo, en el referido plazo de treinta días hábiles, y conforme a lo dispuesto en los
artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación de bienes o adquisición de derechos así como a lo establecido en el artículo 56 del Reglamento sobre el acuerdo de declaración de urgente ocupación,
podrán presentarse las alegaciones que se estimen pertinentes en relación con el proyecto
de trazado, para rectificar los posibles errores de la relación de bienes y derechos publicada, u oponerse, por razones de fondo o forma a la necesidad de ocupación. En este caso se
indicarán los motivos por los que debe considerarse preferente la ocupación de otros bienes
o la adquisición de derechos distintos y no comprendidos en la relación, como más convenientes al fin que se persigue.
A continuación se incluye la relación de bienes y derechos afectados en el término municipal de Villarejo de Salvanés.
BOCM-20240613-54
Pág. 218
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID