C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240612-24)
Regulación concesión subvenciones – Acuerdo de 29 de mayo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid de menos de 20.000 habitantes, para la ejecución de las actuaciones de embellecimiento viario municipal para el período 2024-2026
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 139
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JUNIO DE 2024
Pág. 103
Documentos que se aportan junto a la solicitud
En el caso de subvenciones de importe igual o superior a 60.000€: Facturas o documentos con
valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y de la
documentación acreditativa del pago de las mismas.
Para el caso de obras, certificado del secretario de la entidad local, acreditativo de su colocación del
cartel informativo previsto en el artículo 11.2.
Certificado de la Cámara de Cuentas de que la entidad local ha cumplido con la obligación de
rendición de sus cuentas anuales ante la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.
En ……………………………………., a…..…..... de……..…………..… de…………
FIRMA
DESTINATARIO
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
Dirección General de Reequilibrio Territorial.
BOCM-20240612-24
Puede consultar la información referida al deber de información de protección de datos personales en las páginas siguientes:
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MIÉRCOLES 12 DE JUNIO DE 2024
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Documentos que se aportan junto a la solicitud
En el caso de subvenciones de importe igual o superior a 60.000€: Facturas o documentos con
valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y de la
documentación acreditativa del pago de las mismas.
Para el caso de obras, certificado del secretario de la entidad local, acreditativo de su colocación del
cartel informativo previsto en el artículo 11.2.
Certificado de la Cámara de Cuentas de que la entidad local ha cumplido con la obligación de
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En ……………………………………., a…..…..... de……..…………..… de…………
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