Torres de la Alameda (BOCM-20240612-86)
Régimen económico. Ordenanza instalaciones deportivas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 139

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JUNIO DE 2024

Pág. 267

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
86

TORRES DE LA ALAMEDA
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20240612-86

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de mayo de 2024,
acordó la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa
por el uso de instalaciones deportivas y otros servicios análogos.
De conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases de Régimen Local; 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de
su publicación mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
y en el tablón de anuncios de la Corporación, para que pueda ser examinada y presentar las
reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el uso de instalaciones deportivas y otros servicios análogos estará a disposición de los interesados en el portal web del
Ayuntamiento ( www.torresdelaalameda.org ).
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
el uso de instalaciones deportivas y otros servicios análogos.
Torres de la Alameda, a 3 de junio de 2024.—El secretario general, Pedro Vizuete
Mendoza.
(03/8.675/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791