Ciempozuelos (BOCM-20240612-60)
Organización y funcionamiento. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 234
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 139
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60
CIEMPOZUELOS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Extracto de acuerdo de Pleno, de fecha 30 de mayo de 2024, por el que se aprueban la
nueva convocatoria y bases reguladoras de la concesión de ayudas de comedor para el curso escolar 2024-2025 para menores escolarizados en centros educativos públicos de Ciempozuelos que cursen segundo ciclo de Educación Infantil o Educación Primaria en el curso
escolar 2024-2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www. pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index ).
Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios/as de las ayudas los menores que
durante el curso 2024-2025 estén escolarizados en alguno de los cuatro Centros de Educación Infantil y Primaria públicos (CEIP) del municipio, cuya renta familiar “per cápita” sea
inferior a 9.000 euros.
Segundo. Objeto.—La ayuda únicamente atenderá los gastos generados por la asistencia al comedor escolar del centro educativo en el que se encuentre matriculado el menor,
durante la comida de mediodía.
El sistema de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva.
Las ayudas se concederán a instancia de parte y tendrán carácter finalista, destinándose únicamente al objeto para el que haya sido concedida.
Tercero. Bases reguladoras.—Convocatoria y bases reguladoras para la concesión
de ayudas económicas para sufragar los gastos de ayudas económicas para sufragar los gastos de comedor escolar a menores matriculados durante el curso escolar 2024-2025 en alguno de los Centros de Educación Infantil y Primaria (CEIP) del municipio de Ciempozuelos ( www.ayto-ciempozuelos.org ).
Cuarto. Cuantía.—La cuantía global máxima destinada a la convocatoria de las ayudas
reguladas en las presentes bases para el curso 2024-2025 asciende a la cantidad de 150.000
euros, que se financiará con cargo a las aplicaciones presupuestarias del programa 320.0, subconcepto 480.02 “Administración General de Educación. Ayudas Sociales”.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo general de presentación de
solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del
extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—Las solicitudes habrán de entregarse debidamente cumplimentadas y acompañadas de los documentos correspondientes en cualquiera de los lugares previstos se presentarán o enviarán en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si la solicitud no reuniese toda la documentación exigida o la presentada adoleciera
de algún defecto formal, el Ayuntamiento requerirá al interesado para que, en el plazo improrrogable de diez días hábiles aporte los documentos preceptivos o subsane la falta, con el
apercibimiento de que, si así no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa
resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
La instancia para la subsanación de documentación relativa a la ayuda de comedor deberá ser cumplimentada y firmada por la misma persona que presentó la solicitud (madre/padre
o tutor/a legal).
En Ciempozuelos, a 5 de marzo de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Raquel Jimeno
Pérez.
(03/8.936/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240612-60
BDNS (765452)
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MIÉRCOLES 12 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 139
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60
CIEMPOZUELOS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Extracto de acuerdo de Pleno, de fecha 30 de mayo de 2024, por el que se aprueban la
nueva convocatoria y bases reguladoras de la concesión de ayudas de comedor para el curso escolar 2024-2025 para menores escolarizados en centros educativos públicos de Ciempozuelos que cursen segundo ciclo de Educación Infantil o Educación Primaria en el curso
escolar 2024-2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www. pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index ).
Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios/as de las ayudas los menores que
durante el curso 2024-2025 estén escolarizados en alguno de los cuatro Centros de Educación Infantil y Primaria públicos (CEIP) del municipio, cuya renta familiar “per cápita” sea
inferior a 9.000 euros.
Segundo. Objeto.—La ayuda únicamente atenderá los gastos generados por la asistencia al comedor escolar del centro educativo en el que se encuentre matriculado el menor,
durante la comida de mediodía.
El sistema de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva.
Las ayudas se concederán a instancia de parte y tendrán carácter finalista, destinándose únicamente al objeto para el que haya sido concedida.
Tercero. Bases reguladoras.—Convocatoria y bases reguladoras para la concesión
de ayudas económicas para sufragar los gastos de ayudas económicas para sufragar los gastos de comedor escolar a menores matriculados durante el curso escolar 2024-2025 en alguno de los Centros de Educación Infantil y Primaria (CEIP) del municipio de Ciempozuelos ( www.ayto-ciempozuelos.org ).
Cuarto. Cuantía.—La cuantía global máxima destinada a la convocatoria de las ayudas
reguladas en las presentes bases para el curso 2024-2025 asciende a la cantidad de 150.000
euros, que se financiará con cargo a las aplicaciones presupuestarias del programa 320.0, subconcepto 480.02 “Administración General de Educación. Ayudas Sociales”.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo general de presentación de
solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del
extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—Las solicitudes habrán de entregarse debidamente cumplimentadas y acompañadas de los documentos correspondientes en cualquiera de los lugares previstos se presentarán o enviarán en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si la solicitud no reuniese toda la documentación exigida o la presentada adoleciera
de algún defecto formal, el Ayuntamiento requerirá al interesado para que, en el plazo improrrogable de diez días hábiles aporte los documentos preceptivos o subsane la falta, con el
apercibimiento de que, si así no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa
resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
La instancia para la subsanación de documentación relativa a la ayuda de comedor deberá ser cumplimentada y firmada por la misma persona que presentó la solicitud (madre/padre
o tutor/a legal).
En Ciempozuelos, a 5 de marzo de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Raquel Jimeno
Pérez.
(03/8.936/24)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240612-60
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