C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240611-18)
Crédito presupuestario ayudas –  Orden 1845/2024, de 24 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se hace pública la declaración del crédito presupuestario disponible para financiar las ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial de la Comunidad de Madrid
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 70

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 138

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
ORDEN 1845/2024, de 24 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se hace pública la declaración del crédito presupuestario disponible para financiar las ayudas para actuaciones de eficiencia
energética en PYME y gran empresa del sector industrial de la Comunidad de
Madrid.

El Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, aprobó las bases reguladoras del programa
de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector
industrial.
En las citadas bases reguladoras se estableció la conclusión de la vigencia del programa para el día 31 de diciembre de 2020, siempre que no se hubieran cursado solicitudes suficientes para agotar el presupuesto disponible.
La convocatoria de estas ayudas en la Comunidad de Madrid, con sujeción a las bases
reguladoras establecidas en el mencionado Real Decreto, fue aprobada por Orden de 31 de
julio de 2019, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se aprobó la
convocatoria de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial de la Comunidad de Madrid, reguladas en el Real Decreto 263/2019,
de 12 de abril, y se declaró la disponibilidad de crédito para su financiación.
Posteriormente, el Real Decreto 1186/2020, de 29 de diciembre, modificó el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, ampliando la vigencia del programa en seis meses adicionales, hasta el 30 de junio de 2021.
Por ello, por Orden de 19 de enero de 2021, de la Consejería de Economía, Empleo y
Competitividad, se modificó la convocatoria de estas ayudas, adecuándola al nuevo plazo
de vigencia establecido en el Real Decreto 1186/2020, de 29 de diciembre.
Por Orden de 16 de junio de 2021, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, se modificó la Orden de 31 de julio de 2019, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se aprobó la convocatoria de estas ayudas y se declaró la disponibilidad de crédito para su financiación, declarando nuevo crédito presupuestario
disponible.
A su vez, el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, tuvo una nueva modificación, ampliando la vigencia del programa hasta el 30 de junio de 2023, mediante el Real Decreto 440/2021,
de 22 de junio. Ello llevó a que, por Orden de 30 de septiembre de 2021, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, se modificó el plazo de vigencia de la convocatoria de
estas ayudas.
Por último, mediante Real Decreto 406/2023, de 29 de mayo, se ha modificado el Real
Decreto 263/2019, de 12 de abril, ampliando la vigencia del programa hasta el 30 de junio
de 2024, modificándose nuevamente el plazo de vigencia de la convocatoria de estas ayudas mediante la Orden 1964/2023, de 13 de junio.
Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 22 de mayo de 2024, se ha autorizado
un gasto plurianual (2024 a 2026) para atender las obligaciones que se deriven de la concesión de estas ayudas, por importe total de 19.000.000 euros, Programa 456B, subconcepto
79000, con la siguiente distribución de anualidades:
— 2024: 5.000.000 euros.
— 2025: 9.000.000 euros.
— 2026: 5.000.000 euros.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, corresponde al órgano concedente de las ayudas la
publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las
obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1 de la citada Ley 2/1995, de 8 de
marzo, corresponde al Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior la concesión
de las ayudas reguladas por la Orden de 31 de julio de 2019, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se aprobó la convocatoria de ayudas para actuacio-

BOCM-20240611-18

18