D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240610-31)
Convenio –  Convenio de 9 de mayo de 2024, entre el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con Las Cortes, la Comunidad de Madrid y la Universidad de Alcalá para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales de la Comunidad de Madrid y de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 137

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JUNIO DE 2024

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de las prácticas, las entidades colaboradoras y los destinatarios, requisitos, tutorías y contenidos de los convenios de cooperación educativa. Además, dicha regulación ha de promover la incorporación de estudiantes en prácticas en el ámbito de las administraciones públicas, impulsando la empleabilidad de los futuros profesionales, fomentando su capacidad de
emprendimiento, creatividad e innovación y dando respuesta al compromiso con la transformación económica basada en la sociedad del conocimiento.
Décimo
El presente convenio se ajusta al modelo de Convenio Prácticum aprobado por la
Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial.
Undécimo
Es deseo de las instituciones firmantes la organización de prácticas externas en juzgados y tribunales en la forma que se detalla en la parte dispositiva de este convenio, por considerar que esta actividad puede resultar de gran interés para la formación de profesionales
que en un futuro pudieran colaborar o dar servicio a la Administración de Justicia, lo que
redundará en una mayor calidad de la misma.
Dicha colaboración se concreta en que el alumnado que cursa estudios en la Universidad de Alcalá pueda realizar prácticas externas en juzgados y tribunales de la Comunidad
de Madrid y de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, sin que esta última ostente competencias en materia de justicia, que se encuentran residenciadas en el Estado.
Todo ello, de conformidad con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Constituye el objeto del presente convenio la realización de prácticas externas curriculares
y extracurriculares (en adelante, prácticas externas) por el alumnado matriculado en la asignatura de prácticas académicas, de estudios oficiales de grado o máster que imparte la Universidad de Alcalá y siempre de titulaciones relacionadas con profesiones de la Administración de
Justicia, en los juzgados y tribunales de la Comunidad de Madrid y de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Por un lado, la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local se compromete a permitir la realización de las prácticas externas objeto del presente convenio, así
como a facilitar el acceso del alumnado a las sedes de los juzgados y tribunales.
Por otro lado, y con respecto a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, y en
relación a la cual no hay una transferencia de medios materiales y económicos, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes se compromete a permitir la realización de las prácticas externas objeto del presente convenio, así como a facilitar el acceso del alumnado a las sedes de los juzgados y tribunales.
Por otro lado, la Universidad de Alcalá se compromete a que la persona o personas que
ejerza/n la tutoría de las prácticas en el órgano judicial pueda disfrutar de los siguientes derechos, en el marco de la normativa propia de la Universidad de Alcalá que sea de aplicación:
a) Reconocimiento de su actividad colaboradora mediante documento acreditativo
expedido por la Universidad de Alcalá que certifique su actividad como tutor/a de
estudiantes en prácticas.
b) Ser informada acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así como
del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Disfrutar de las mismas ventajas que el personal de la Universidad en lo concerniente al acceso a bibliotecas, instalaciones deportivas o actividades culturales,
entre otras.
La colaboración que prestan el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y la Comunidad de Madrid estará siempre
supeditada a las necesidades y disponibilidad del juzgado o tribunal donde se realicen las
prácticas externas, por lo que surgida tal necesidad o falta de disponibilidad, en su caso, el

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Objeto y compromisos de las partes