D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240607-49)
Convenio – Adenda segunda de 20 de mayo de 2024, de modificación del convenio de 29 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Tiro con Arco, para la colaboración en la utilización de espacios deportivos en el “Parque Deportivo Puerta de Hierro”, situado en el “Monte de El Pardo”, para incorporar la colaboración en la gestión del Centro Especializado de Tecnificación Deportiva de Tiro con Arco de la Comunidad de Madrid
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 332
VIERNES 7 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 135
Cuarta
Régimen jurídico
BOCM-20240607-49
El objeto de la adenda de modificación del convenio se halla excluido del ámbito de
aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que
se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo establecido
en el artículo 6.2, del referido cuerpo legal, quedando sujeto a las normas imperativas de
Derecho Público que regulan los convenios, fundamentalmente las recogidas en el capítulo IV del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que
se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
La posibilidad de su realización se halla contemplada en la Ley 15/1994, de 28 de diciembre y en el artículo 11, letras q) y t) y la disposición adicional quinta del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre.
La Jurisdicción Contencioso-administrativa será la competente para resolver cuantas
cuestiones litigiosas pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente convenio, dada su naturaleza administrativa.
Ninguna cláusula podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de
las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.
En prueba de conformidad, se firma electrónicamente por las partes a un solo efecto y
en el lugar y fecha indicados.
Madrid, a 20 de mayo de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, Alberto Tomé González.—Por la Federación Madrileña de Tiro con Arco, Jaime Nieto Sánchez.
(03/8.015/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 332
VIERNES 7 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 135
Cuarta
Régimen jurídico
BOCM-20240607-49
El objeto de la adenda de modificación del convenio se halla excluido del ámbito de
aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que
se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo establecido
en el artículo 6.2, del referido cuerpo legal, quedando sujeto a las normas imperativas de
Derecho Público que regulan los convenios, fundamentalmente las recogidas en el capítulo IV del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que
se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
La posibilidad de su realización se halla contemplada en la Ley 15/1994, de 28 de diciembre y en el artículo 11, letras q) y t) y la disposición adicional quinta del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre.
La Jurisdicción Contencioso-administrativa será la competente para resolver cuantas
cuestiones litigiosas pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente convenio, dada su naturaleza administrativa.
Ninguna cláusula podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de
las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.
En prueba de conformidad, se firma electrónicamente por las partes a un solo efecto y
en el lugar y fecha indicados.
Madrid, a 20 de mayo de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, Alberto Tomé González.—Por la Federación Madrileña de Tiro con Arco, Jaime Nieto Sánchez.
(03/8.015/24)
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ISSN 1989-4791