Griñón (BOCM-20240606-52)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 120
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 134
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52
GRIÑÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240606-52
El Pleno del Ayuntamiento de Griñón, en sesión ordinaria celebrada el día 15 de
mayo de 2024, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal Reguladora de la tasa por la prestación de servicios de naturaleza urbanística, (Expediente 1150/2024), y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el
texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se
somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas. La modificación de la ordenanza se publicará en el tablón de
anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Griñón ( grinon.sedelectronica.es ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones y sugerencias, se
considerará aprobado definitivamente el acuerdo de modificación de la ordenanza.
En Griñón, a 27 de mayo de 2024.—El concejal-delegado de Hacienda, Amalio Rodríguez Martín.
(03/8.313/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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AYUNTAMIENTO DE
52
GRIÑÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
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El Pleno del Ayuntamiento de Griñón, en sesión ordinaria celebrada el día 15 de
mayo de 2024, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal Reguladora de la tasa por la prestación de servicios de naturaleza urbanística, (Expediente 1150/2024), y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el
texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se
somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas. La modificación de la ordenanza se publicará en el tablón de
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Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones y sugerencias, se
considerará aprobado definitivamente el acuerdo de modificación de la ordenanza.
En Griñón, a 27 de mayo de 2024.—El concejal-delegado de Hacienda, Amalio Rodríguez Martín.
(03/8.313/24)
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