Villarejo de Salvanés (BOCM-20240606-73)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 134
JUEVES 6 DE JUNIO DE 2024
Pág. 145
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73
VILLAREJO DE SALVANÉS
RÉGIMEN ECONÓMICO
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés, adoptado en fecha 5 de abril de 2024, sobre
transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, cuyo resumen por capítulos es el siguiente:
ALTA EN APLICACIONES DE GASTOS
CAPÍTULO
4
DESCRIPCIÓN
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
TOTAL GASTOS
IMPORTE
25.600,00
25.600,00
Esta modificación se financia, mediante bajas o anulaciones de créditos de otras aplicaciones del Presupuesto vigente no comprometidas, cuyas dotaciones se estiman reducibles
sin perturbación del respectivo servicio, en los siguientes términos:
BAJA EN APLICACIONES DE GASTOS
CAPÍTULO
4
DESCRIPCIÓN
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
TOTAL GASTOS
IMPORTE
25.600,00
25.600,00
BOCM-20240606-73
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer
directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la
interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo
impugnado.
Villarejo de Salvanés, a 27 de mayo de 2024.—El alcalde-presidente, Jesús Díaz Raboso.
(03/8.321/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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73
VILLAREJO DE SALVANÉS
RÉGIMEN ECONÓMICO
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés, adoptado en fecha 5 de abril de 2024, sobre
transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, cuyo resumen por capítulos es el siguiente:
ALTA EN APLICACIONES DE GASTOS
CAPÍTULO
4
DESCRIPCIÓN
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
TOTAL GASTOS
IMPORTE
25.600,00
25.600,00
Esta modificación se financia, mediante bajas o anulaciones de créditos de otras aplicaciones del Presupuesto vigente no comprometidas, cuyas dotaciones se estiman reducibles
sin perturbación del respectivo servicio, en los siguientes términos:
BAJA EN APLICACIONES DE GASTOS
CAPÍTULO
4
DESCRIPCIÓN
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
TOTAL GASTOS
IMPORTE
25.600,00
25.600,00
BOCM-20240606-73
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer
directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la
interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo
impugnado.
Villarejo de Salvanés, a 27 de mayo de 2024.—El alcalde-presidente, Jesús Díaz Raboso.
(03/8.321/24)
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ISSN 1989-4791