D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240605-36)
Convenio –  Convenio de 17 de mayo de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Espeleología, para la organización de campus de promoción deportiva, detección de talentos y tecnificación en las instalaciones deportivas “San Vicente de Paúl”
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 172

MIÉRCOLES 5 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 133

c) Imposibilidad sobrevenida.
d) Decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Cualquier otra causa legalmente prevista.
2. En estos casos se estará a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, en cuanto se refiere a la liquidación del convenio.
Decimotercera
Publicidad
La colaboración prestada por las partes firmantes del convenio constará de manera fácilmente legible y expresa, o mediante la inserción de la imagen institucional, en todos los
actos de publicidad, difusión, resultados, etc., que se realicen, en cualquier medio de difusión y durante el período de vigencia de aquel.
Decimocuarta
Régimen jurídico y jurisdicción
El convenio se halla excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de
febrero de 2014, en virtud de lo establecido en el artículo 6.2, del referido cuerpo legal, quedando sujeto a las normas imperativas de Derecho Público que regulan los convenios, fundamentalmente las recogidas en el capítulo IV del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
La posibilidad de su realización se halla contemplada en la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid y en el artículo 11, letras q) y t) y la disposición adicional quinta del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte.
La Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la competente para resolver cuantas
cuestiones litigiosas pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente convenio, dada su naturaleza administrativa.
Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.
En prueba de conformidad se firma por ambas partes a un solo efecto y en el lugar y
fecha indicados.
Madrid, a 17 de mayo de 2024.—La Comunidad de Madrid, Alberto Tomé González.—
La Federación Madrileña de Espeleología, César Nieto Barrantes.
ANEXO

Fechas: del 1 al 26 de julio de 2024, de lunes a viernes en un formato semanal:
— Semana 11 al 5 de julio.
— Semana 28 al 12 de julio.
— Semana 315 al 19 de julio.
— Semana 422 al 26 de julio.
Espacios y horarios:
— Medio campo de fútbol y espacios auxiliares de 9:00 a 17:00 horas.
— Piscina de 11:00 a 15:00 horas.
Usuarios: 27 niños por semana.
(03/8.135/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20240605-36

Espacios asignados para la celebración de los campus de promoción deportiva,
detección de talentos y tecnificación de la Federación Madrileña de Espeleología
en las instalaciones deportivas de “San Vicente de Paúl”