Mancomunidad 2016 (BOCM-20240603-90)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 131
LUNES 3 DE JUNIO DE 2024
Pág. 377
A efectos del cumplimiento de los artículos 6 y 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la administración de la Mancomunidad para el desarrollo de proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a las pruebas selectivas.
4. Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales contados a partir del
siguiente a la publicación del anuncio en extracto de aprobación de las presentes bases y la
convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo.
5. Lugar de presentación
Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Mancomunidad 2016 de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015 PAC, utilizándose el modelo de instancia que como anexo I se facilitará en la misma Mancomunidad o en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la
Mancomunidad 2016.
Las solicitudes presentadas a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre
abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de dicho organismo antes de ser certificadas.
6. Admisión de aspirantes
Transcurrido el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dictará Resolución
declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as. Esta se publicará en el tablón
de anuncios de la sede electrónica de la Mancomunidad 2016.
Los aspirantes excluidos, así como las personas que no figuran en la relación de admitidos/as ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo máximo de 5 días naturales, contados
a partir del siguiente a la publicación, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o no inclusión expresa.
Finalizado el plazo de subsanación de defectos y dentro de los 30 días siguientes, el
Departamento de Administración elevará al órgano correspondiente la lista definitiva de los
candidatos y candidatas admitidos y excluidos, y se dictará resolución al efecto, haciéndose pública para el general conocimiento en el tablón de anuncios de la sede electrónica de
la Mancomunidad 2016, donde se incluirá la fecha de la entrevista.
De igual manera el resto de las publicaciones y notificaciones del proceso selectivo se
realizarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Mancomunidad 2016.
La composición del Tribunal deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre hombre y mujer.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal
eventual no podrán formar parte del mismo.
El Tribunal de Selección estará constituido por el presidente/a, dos vocales y un secretario/a, no pudiendo constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario.
La totalidad de los miembros del Tribunal deberán poseer un nivel de titulación igual
o superior al exigido para el acceso a la categoría que se está seleccionando.
Las decisiones se adoptarán por mayoría, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente/a del tribunal.
Los miembros de Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Presidencia de la Mancomunidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en
el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas a la Administración Pública en los cinco años anteriores al de publicación de esta convocatoria. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previas en el párrafo anterior, de conformidad con lo preceptuado en el artículo
24 de la Ley 40/2015.
BOCM-20240603-90
7. Tribunal de Selección
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 131
LUNES 3 DE JUNIO DE 2024
Pág. 377
A efectos del cumplimiento de los artículos 6 y 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la administración de la Mancomunidad para el desarrollo de proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a las pruebas selectivas.
4. Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales contados a partir del
siguiente a la publicación del anuncio en extracto de aprobación de las presentes bases y la
convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo.
5. Lugar de presentación
Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Mancomunidad 2016 de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015 PAC, utilizándose el modelo de instancia que como anexo I se facilitará en la misma Mancomunidad o en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la
Mancomunidad 2016.
Las solicitudes presentadas a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre
abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de dicho organismo antes de ser certificadas.
6. Admisión de aspirantes
Transcurrido el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dictará Resolución
declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as. Esta se publicará en el tablón
de anuncios de la sede electrónica de la Mancomunidad 2016.
Los aspirantes excluidos, así como las personas que no figuran en la relación de admitidos/as ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo máximo de 5 días naturales, contados
a partir del siguiente a la publicación, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o no inclusión expresa.
Finalizado el plazo de subsanación de defectos y dentro de los 30 días siguientes, el
Departamento de Administración elevará al órgano correspondiente la lista definitiva de los
candidatos y candidatas admitidos y excluidos, y se dictará resolución al efecto, haciéndose pública para el general conocimiento en el tablón de anuncios de la sede electrónica de
la Mancomunidad 2016, donde se incluirá la fecha de la entrevista.
De igual manera el resto de las publicaciones y notificaciones del proceso selectivo se
realizarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Mancomunidad 2016.
La composición del Tribunal deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre hombre y mujer.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal
eventual no podrán formar parte del mismo.
El Tribunal de Selección estará constituido por el presidente/a, dos vocales y un secretario/a, no pudiendo constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario.
La totalidad de los miembros del Tribunal deberán poseer un nivel de titulación igual
o superior al exigido para el acceso a la categoría que se está seleccionando.
Las decisiones se adoptarán por mayoría, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente/a del tribunal.
Los miembros de Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Presidencia de la Mancomunidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en
el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas a la Administración Pública en los cinco años anteriores al de publicación de esta convocatoria. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previas en el párrafo anterior, de conformidad con lo preceptuado en el artículo
24 de la Ley 40/2015.
BOCM-20240603-90
7. Tribunal de Selección