D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240603-34)
Convenio –  Adenda de 22 de mayo de 2024, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad y el Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid, para la implantación de programas de educación sanitaria para los ciudadanos en el marco de la Escuela Madrileña de Salud
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 131

LUNES 3 DE JUNIO DE 2024

Pág. 273

Tercero
Que el Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid es una
corporación de Derecho Público, amparada por la Ley, con personalidad jurídica propia
y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, entre los que se encuentran, en su
ámbito territorial, no solo la ordenación del ejercicio profesional, sino también la formación profesional permanente de los mismos y la colaboración en el funcionamiento, promoción y mejora de las distintas Administraciones (artículo 3 de los estatutos colegiales).
Conforme a esta naturaleza, tiene entre sus funciones, según el artículo 4 de sus estatutos, la organización y promoción de actividades y servicios comunes de interés para los
colegiados, de carácter profesional, formativo, cultural, asistencial, de previsión y otros
análogos.
Cuarto
Que se produce una confluencia en sus objetivos, por lo que las partes consideran de
interés el mantenimiento de esta colaboración para desarrollar el programa “Cuida tu espalda” destinado a los ciudadanos.
Quinto
Que la cláusula séptima del convenio prevé una vigencia inicial de cuatro años desde
el día de la perfección con el consentimiento de las partes, entendiendo por tal el día en que
el convenio fue suscrito por el último de sus firmantes, pudiéndose prorrogar por períodos
bienales hasta un máximo de cuatro años adicionales, mediante acuerdo escrito, salvo que
medie denuncia expresa de una de las partes, formulada con una antelación mínima de dos
meses a la terminación de la vigencia del convenio o de sus prórrogas.
Sexto
Que la vigencia del convenio finaliza el 12 de julio de 2024 y no se ha producido denuncia expresa por ninguna de las partes. Por el contrario, estas desean mantener la colaboración para dar continuidad al objeto del convenio.
Con base en las anteriores manifestaciones, las partes acuerdan suscribir esta adenda
de prórroga con la siguiente
CLÁUSULA
Única
Prórroga del convenio

BOCM-20240603-34

Conforme a lo dispuesto en la cláusula séptima del convenio y a fin de continuar las
actividades reflejadas en el mismo, las partes acuerdan su prórroga para el período comprendido entre el 13 de julio de 2024 y el 12 de julio de 2026, ambas fechas inclusive.
Con independencia del período de prórroga indicado, se entenderá que el día de
perfección de este acuerdo es aquel en el que se encuentre firmado por todas las partes
intervinientes.
Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento.
Madrid, a 22 de mayo de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Sanidad,
Fátima Matute Teresa.—Por el Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de
Madrid, la Decana, Aurora Araujo Narváez.
(03/7.959/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791