C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240603-24)
Concesión ayudas – Orden 2361/2024, de 28 de mayo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se conceden las ayudas individualizadas de concesión directa de desayuno escolar a los alumnos de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria de los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid que dispongan del servicio de desayuno escolar, pertenecientes a familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción o del Ingreso Mínimo Vital, durante el período lectivo del curso escolar 2023-2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 131
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE JUNIO DE 2024
Pág. 245
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
24
ORDEN 2361/2024, de 28 de mayo, de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se conceden las ayudas individualizadas de concesión
directa de desayuno escolar a los alumnos de segundo ciclo de Educación Infantil
y de Educación Primaria de los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid que dispongan del servicio de desayuno escolar, pertenecientes a
familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción o del Ingreso Mínimo Vital,
durante el período lectivo del curso escolar 2023-2024.
Mediante Acuerdo de 31 de octubre de 2023, del Consejo de Gobierno, se aprueban las
normas reguladoras para la concesión directa de ayudas individualizadas de desayuno escolar
a los alumnos de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria de los centros
sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid que dispongan del servicio de desayuno escolar, pertenecientes a familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción o del Ingreso Mínimo Vital, durante el período lectivo del curso escolar, y por Orden 5074/2023,
de 27 de diciembre, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, se declaró el
importe de los créditos disponibles durante el período lectivo del curso 2023-2024.
El artículo 11 de las normas reguladoras establece que, finalizado el plazo de subsanaciones, las Secretarías Generales de las Direcciones de Área Territorial elevarán la propuesta de resolución a su respectivo director, determinando los beneficiarios y los excluidos, indicando, en este último caso, la causa o causas de exclusión.
De conformidad con el artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad de Madrid, el artículo 13.1 de las normas reguladoras de estas ayudas, en
relación con el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, la
competencia para la resolución de estas ayudas corresponde al titular de la Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades.
Vistas las propuestas de resolución de las Secretarías Generales de las Direcciones de
Área Territorial, y previa valoración de la Dirección General de Educación Concertada,
Becas y Ayudas al Estudio,
DISPONGO
Primero
Conceder las ayudas individualizadas de desayuno escolar para el curso 2023-2024, a
los alumnos que se relacionan en el Anexo I de esta Orden, por los importes que en el mismo se señalan.
El número total de alumnos beneficiarios que figura en dicho anexo se eleva a 1010 y
el importe total de las ayudas concedidas asciende a cuatrocientos ocho mil novecientos
cuarenta y siete euros con once céntimos (408.947,11 euros).
Segundo
Tercero
Las ayudas se abonarán con cargo al Subconcepto 48399 “Familias: otras actuaciones”
del Programa 323M “Becas y Ayudas a la Educación” del vigente presupuesto de gastos de
la Comunidad de Madrid.
BOCM-20240603-24
Denegar las ayudas individualizadas de desayuno escolar para el curso 2023-2024, a
los alumnos que se relacionan en el Anexo II de esta Orden, por los motivos que se especifican en el mismo.
B.O.C.M. Núm. 131
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE JUNIO DE 2024
Pág. 245
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
24
ORDEN 2361/2024, de 28 de mayo, de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se conceden las ayudas individualizadas de concesión
directa de desayuno escolar a los alumnos de segundo ciclo de Educación Infantil
y de Educación Primaria de los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid que dispongan del servicio de desayuno escolar, pertenecientes a
familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción o del Ingreso Mínimo Vital,
durante el período lectivo del curso escolar 2023-2024.
Mediante Acuerdo de 31 de octubre de 2023, del Consejo de Gobierno, se aprueban las
normas reguladoras para la concesión directa de ayudas individualizadas de desayuno escolar
a los alumnos de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria de los centros
sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid que dispongan del servicio de desayuno escolar, pertenecientes a familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción o del Ingreso Mínimo Vital, durante el período lectivo del curso escolar, y por Orden 5074/2023,
de 27 de diciembre, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, se declaró el
importe de los créditos disponibles durante el período lectivo del curso 2023-2024.
El artículo 11 de las normas reguladoras establece que, finalizado el plazo de subsanaciones, las Secretarías Generales de las Direcciones de Área Territorial elevarán la propuesta de resolución a su respectivo director, determinando los beneficiarios y los excluidos, indicando, en este último caso, la causa o causas de exclusión.
De conformidad con el artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad de Madrid, el artículo 13.1 de las normas reguladoras de estas ayudas, en
relación con el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, la
competencia para la resolución de estas ayudas corresponde al titular de la Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades.
Vistas las propuestas de resolución de las Secretarías Generales de las Direcciones de
Área Territorial, y previa valoración de la Dirección General de Educación Concertada,
Becas y Ayudas al Estudio,
DISPONGO
Primero
Conceder las ayudas individualizadas de desayuno escolar para el curso 2023-2024, a
los alumnos que se relacionan en el Anexo I de esta Orden, por los importes que en el mismo se señalan.
El número total de alumnos beneficiarios que figura en dicho anexo se eleva a 1010 y
el importe total de las ayudas concedidas asciende a cuatrocientos ocho mil novecientos
cuarenta y siete euros con once céntimos (408.947,11 euros).
Segundo
Tercero
Las ayudas se abonarán con cargo al Subconcepto 48399 “Familias: otras actuaciones”
del Programa 323M “Becas y Ayudas a la Educación” del vigente presupuesto de gastos de
la Comunidad de Madrid.
BOCM-20240603-24
Denegar las ayudas individualizadas de desayuno escolar para el curso 2023-2024, a
los alumnos que se relacionan en el Anexo II de esta Orden, por los motivos que se especifican en el mismo.