C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240601-6)
Tarifas de agua – Orden 1826/2024, de 24 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueban las tarifas de los servicios de abastecimiento, saneamiento y reutilización del agua prestados por Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M. P.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 130
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 1 DE JUNIO DE 2024
Pág. 115
familia numerosa de categoría general o por más de 4 y hasta 7 personas, y hasta el
25 % cuando la vivienda esté habitada por una familia numerosa de categoría especial o por más de 7 personas.
Canal de Isabel II también está obligado a mantener la capacidad de generación de fondos por medio de las tarifas, para acometer las inversiones necesarias para garantizar la
prestación de un adecuado servicio, de acuerdo con lo establecido en la normativa reguladora del abastecimiento y saneamiento de agua en la Comunidad de Madrid.
En este sentido y enmarcado en su Plan de Inversiones, Canal de Isabel II tiene previsto realizar inversiones para el año 2024 por un importe total de 418 millones de euros, con
el fin de aumentar los niveles de garantía, productividad, calidad medioambiental y de
servicio al cliente.
Por último, existe la obligación de que la tarifa aplicada por Canal de Isabel II incluya
todos los costes incurridos en la prestación del servicio (artículo 2 del Decreto 137/1985,
de 20 de diciembre).
Dentro de dichos costes se han considerado los relacionados con las infraestructuras de
aducción, distribución, alcantarillado, depuración y reutilización de aguas depuradas, así como
las campañas de sensibilización y educación, que tienen como objetivo disminuir el consumo.
El Ente Público Canal de Isabel II, empresa pública de las previstas en el artículo 2 de
la Ley 1/1984, de 19 de enero, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, y que se configura como entidad de derecho público con personalidad jurídica propia, acordó en la sesión que celebró su Consejo de Administración el día 28 de diciembre de 2023 elevar a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior una
propuesta de nueva Orden de tarifas para su aprobación, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 4.2 del Decreto 137/1985, de 20 de diciembre.
De conformidad con el Decreto 55/2024, de 22 de mayo, del Consejo de Gobierno, por
el que se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, en relación con el artículo 13.1 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, así como
el informe favorable de la Comisión de Precios del Consejo de Consumo de la Comunidad
de Madrid, de 21 de mayo de 2024, y en virtud de las atribuciones que me confiere el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
RESUELVO
Primero
Objeto
El objeto de la presente Orden es la aprobación de las tarifas de los servicios de aducción, distribución, alcantarillado, depuración, regeneración y transporte, prestados por Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M. P.
Segundo
Parte variable
BOCM-20240601-6
El cálculo de la parte variable de la tarifa se realizará en base a lo estipulado en el Decreto 55/2024, de 22 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las tarifas
máximas de los servicios de abastecimiento, saneamiento y reutilización del agua en la Comunidad de Madrid.
Los precios unitarios por metro cúbico para cada bloque o tramo de consumo y servicio son los siguientes.
B.O.C.M. Núm. 130
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 1 DE JUNIO DE 2024
Pág. 115
familia numerosa de categoría general o por más de 4 y hasta 7 personas, y hasta el
25 % cuando la vivienda esté habitada por una familia numerosa de categoría especial o por más de 7 personas.
Canal de Isabel II también está obligado a mantener la capacidad de generación de fondos por medio de las tarifas, para acometer las inversiones necesarias para garantizar la
prestación de un adecuado servicio, de acuerdo con lo establecido en la normativa reguladora del abastecimiento y saneamiento de agua en la Comunidad de Madrid.
En este sentido y enmarcado en su Plan de Inversiones, Canal de Isabel II tiene previsto realizar inversiones para el año 2024 por un importe total de 418 millones de euros, con
el fin de aumentar los niveles de garantía, productividad, calidad medioambiental y de
servicio al cliente.
Por último, existe la obligación de que la tarifa aplicada por Canal de Isabel II incluya
todos los costes incurridos en la prestación del servicio (artículo 2 del Decreto 137/1985,
de 20 de diciembre).
Dentro de dichos costes se han considerado los relacionados con las infraestructuras de
aducción, distribución, alcantarillado, depuración y reutilización de aguas depuradas, así como
las campañas de sensibilización y educación, que tienen como objetivo disminuir el consumo.
El Ente Público Canal de Isabel II, empresa pública de las previstas en el artículo 2 de
la Ley 1/1984, de 19 de enero, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, y que se configura como entidad de derecho público con personalidad jurídica propia, acordó en la sesión que celebró su Consejo de Administración el día 28 de diciembre de 2023 elevar a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior una
propuesta de nueva Orden de tarifas para su aprobación, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 4.2 del Decreto 137/1985, de 20 de diciembre.
De conformidad con el Decreto 55/2024, de 22 de mayo, del Consejo de Gobierno, por
el que se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, en relación con el artículo 13.1 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, así como
el informe favorable de la Comisión de Precios del Consejo de Consumo de la Comunidad
de Madrid, de 21 de mayo de 2024, y en virtud de las atribuciones que me confiere el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
RESUELVO
Primero
Objeto
El objeto de la presente Orden es la aprobación de las tarifas de los servicios de aducción, distribución, alcantarillado, depuración, regeneración y transporte, prestados por Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M. P.
Segundo
Parte variable
BOCM-20240601-6
El cálculo de la parte variable de la tarifa se realizará en base a lo estipulado en el Decreto 55/2024, de 22 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las tarifas
máximas de los servicios de abastecimiento, saneamiento y reutilización del agua en la Comunidad de Madrid.
Los precios unitarios por metro cúbico para cada bloque o tramo de consumo y servicio son los siguientes.