D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240531-50)
Autorización instalación eléctrica – Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto para la instalación de una subestación eléctrica denominada SET ESMAD (ISA266), ubicada en calle Fundidores, número 40, en el término municipal de Getafe, solicitada por Merlin Properties Socimi, S. A. – Número expediente: 2023P1138-14-0141-01138.5/2023
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BOCM
Pág. 360
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 31 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 129
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas,
RESUELVE
Primero
Autorizar a Merlin Properties Socimi, S. A., la instalación de una subestación eléctrica denominada SET ESMAD (ISA266), en calle Fundidores, número 40, del término municipal de Getafe, cuya ubicación-en coordenadas UTM referidas al huso 30 es X = 441095;
Y = 4462409. La citada instalación se recoge a continuación.
Subestación transformadora:
Instalación de un (1) transformador de potencia, relación de transformación 15/11 kV y
potencia de 8 MVA, de instalación en interior, de tipo seco y grupo de conexión Dyn11.
Segundo
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con
arreglo a las siguientes condiciones:
1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones
que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2. El plazo de ejecución de la instalación será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo
no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la
aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, una ampliación del plazo establecido.
3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas
de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes
y derechos a su cargo.
Tercero
BOCM-20240531-50
La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias,
informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros y, en particular, de lo exigido por la ordenación
urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los
propietarios de locales y terrenos.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso
de alzada en el plazo de un mes, a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio
Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, conforme
al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de
referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 10 de mayo de 2024.—La Directora General de Transición Energética y
Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.
(02/7.752/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 360
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VIERNES 31 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 129
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas,
RESUELVE
Primero
Autorizar a Merlin Properties Socimi, S. A., la instalación de una subestación eléctrica denominada SET ESMAD (ISA266), en calle Fundidores, número 40, del término municipal de Getafe, cuya ubicación-en coordenadas UTM referidas al huso 30 es X = 441095;
Y = 4462409. La citada instalación se recoge a continuación.
Subestación transformadora:
Instalación de un (1) transformador de potencia, relación de transformación 15/11 kV y
potencia de 8 MVA, de instalación en interior, de tipo seco y grupo de conexión Dyn11.
Segundo
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con
arreglo a las siguientes condiciones:
1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones
que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2. El plazo de ejecución de la instalación será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo
no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la
aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, una ampliación del plazo establecido.
3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas
de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes
y derechos a su cargo.
Tercero
BOCM-20240531-50
La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias,
informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros y, en particular, de lo exigido por la ordenación
urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los
propietarios de locales y terrenos.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso
de alzada en el plazo de un mes, a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio
Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, conforme
al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de
referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 10 de mayo de 2024.—La Directora General de Transición Energética y
Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.
(02/7.752/24)
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ISSN 1989-4791